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Oficina de empleo - CARLOS HERNÁNDEZ

Un juez confirma que es incompatible cobrar a la vez un subsidio estatal y el «sueldo vitalicio» de Nescafé

Una sentencia del TSJIB obliga a una vecina de Palma en paro a devolver 17.054 euros a la Administración, a pesar de que cuando pidió la ayuda al Estado nunca ocultó que había sido agraciada con dicho premio

Palma de Mallorca Actualizado: Guardar
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El Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares (TSJIB) acaba de dictar una sentencia en la que obliga a una vecina de Palma sin trabajo, Ángela de S., a devolver un total de 17.054 euros, que es el importe global que dicha mujer recibió durante cuatro años gracias al subsidio por desempleo para personas mayores de 52 años que le había concedido previamente el Servicio Público de Empleo Estatal. La Sala ha tomado esta decisión después de comprobar que la mujer había estado percibiendo al mismo tiempo un sueldo vitalicio de 1.520 euros al mes —menos impuestos— gracias al «sueldo para toda la vida» de Nescafé.

La mujer, que en la actualidad tiene 65 años, fue agraciada con dicho premio en 2008, que se le empezó a ingresar desde entonces.

Paralelamente, en aquella época se quedó sin trabajo y poco después empezó a percibir el preceptivo subsidio estatal durante casi un año. Una vez finalizado éste, Ángela de S. solicitó que le fuera reconocido el derecho a cobrar la ayuda especial para personas mayores de 52 años. El Estado le reconoció ese derecho a través de una resolución dictada en julio de 2009.

En la solicitud presentada hace siete años, la mujer hacía constar que ya estaba percibiendo entonces el «sueldo para toda la vida» de Nescafé, lo que hacía que su renta anual estuviera por encima del límite legal para poder recibir una ayuda estatal de ese tipo. Sin embargo, en la Administración nadie se apercibió de ese hecho y, como se ha señalado, se le concedió la subvención solicitada, que estuvo cobrando durante cinco años.

En julio de 2014, Ángela de S. presentó su declaración de la renta ante la Administración porque quería continuar percibiendo el citado subsidio. De nuevo, hizo constar en su documentación que en 2008 había sido agraciada con un sueldo vitalicio. En esa ocasión, el Estado sí se dio cuenta del error cometido en su momento y reclamó a la mujer el dinero cobrado incorrectamente en los cuatro últimos años, no el total íntegro. El caso acabó finalmente en los tribunales.

La mujer pedía no tener que devolver el dinero percibido del Servicio Público de Empleo Estatal o, a lo sumo, reintegrar el importe de los tres últimos meses en que recibió el subsidio especial. Un Juzgado de lo Social de Palma ya había dictaminado en su momento que Ángela de S. debía devolver el dinero percibido en los últimos cuatro años.

La sentencia del TSJIB ha confirmado ahora esa primera resolución. El fallo reconoce que la mujer actuó siempre de buena fe y que el Estado cometió un error en 2009, pero que aun así Ángela de S. tiene la obligación de devolver el dinero que, por ley, no debería haber percibido de la Administración.

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