El ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, a su llegada al hemicíclo del Congreso
El ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, a su llegada al hemicíclo del Congreso - EFE

Hacienda seguirá investigando a los acogidos a la amnistía

El Fisco ya ha inspeccionado a 3.545 personas, un 11% de los que regularizaron

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La sentencia del Tribunal Constitucional anulando la amnistía fiscal no ha tenido impacto alguno en el Ministerio de Hacienda. El dictamen no solo avala las regularizaciones presentadas, sino que desde el departamento dirigido por Cristóbal Montoro entienden que no cuestiona las investigaciones abiertas a amnistiados. El Fisco ha recaudado más de 189 millones por 3.545 inspecciones, que afectan a un 11% de los acogidos. Fuentes de Hacienda aseguran que la Agencia Tributaria seguirá investigando a los acogidos cuando proceda, por lo que el efecto de la sentencia es nulo.

El Constitucional anuló la amnistía fiscal porque entiende que se debió aprobar como una ley ordinaria y no como un decreto-ley, en base a un recurso del PSOE. Pese a ello, el dictamen avalaba las regularizaciones «firmes» ya presentadas, que no serían «susceptibles de ser revisadas», «por exigencia del principio constitucional de seguridad jurídica».

Ello amparaba las declaraciones presentadas en la amnistía pero, ¿qué ocurría con las que después habían sido investigadas? En principio, no tiene efecto alguno. Por un lado, porque las regularizaciones han prescrito, al pasar cuatro años desde que acabó el plazo para acogerse a la amnistía, en noviembre de 2012.

«Si la sentencia del TC se hubiera publicado antes de noviembre de 2016, podría haber tenido impacto sobre ciertas regularizaciones», describe Jorge Sarró, socio responsable de Derecho Fiscal de Rousaud Costas Durán. José María Salcedo, socio del despacho Ático Jurídico, tampoco cree que el Constitucional cuestione las inspecciones abiertas a los amnistiados y sostiene que la «firmeza» de las regularizaciones a las que alude el TC se basan en la prescripción, pero también en que la ley considera las rentas afloradas como declaradas a todos los efectos.

Asimismo, la Agencia Tributaria, cuando investiga a un acogido a la amnistía, no lo hace solo por el hecho de haber regularizado. La Dirección General de Tributos, dependiente de Hacienda, aclaró en junio de 2012 que el Fisco no realizaría «comprobaciones aisladas» de las declaraciones de los amnistiados. Es decir, el Fisco utiliza la información presentada en la amnistía fiscal, pero en base a otras declaraciones de bienes en el exterior o de Patrimonio sospechosas de los contribuyentes inspeccionados.

Futuras amnistías

«El TC tampoco se atreve a decir que las amnistías fiscales son inconstitucionales», analiza Sarró. El PSOE impugnó la amnistía por dos motivos, por las forma de aprobarla y porque es contraria a los principios de capacidad económica, igualdad y progresividad de la Constitución, una cuestión que el Tribunal considera «innecesario» abordar, evitando pronunciarse de cara al futuro. El TC señala que su dictamen «hace innecesario entrar a conocer de la lesión de los principios de capacidad económica, igualdad y progresividad recogidos en el art. 31.1 CE, alegada también por los Diputados recurrentes».

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