La madre y el hermano de la jugadora holandesa de voleibol Ingrid Visser asesinada junto a su pareja
La madre y el hermano de la jugadora holandesa de voleibol Ingrid Visser asesinada junto a su pareja - EFE

Condenan a 34 años de cárcel a los dos acusados del asesinato de una pareja holandesa en Murcia

Los condenados mataron a Ingrid Visser y Ludewijk Severin en mayo de 2013 en una casa rural de Molina de Segura

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La Audiencia Provincial de Murcia, conforme al veredicto del Tribunal del Jurado, ha condenado a Valentín Ion y Juan Cuenca a 34 años de prisión cada uno como autores de los asesinatos de Ingrid Visser y Ludewijk Severin, la pareja holandesa asesinada en mayo de 2013 en una casa rural de Molina de Segura y cuyos cuerpos aparecieron descuartizados y enterrados en un huerto de Murcia, según la sentencia recogida por Europa Press.

El Jurado Popular, tras un mes de juicio, declaró culpables a Ion y Cuenca de haber dado muerte intencionadamente a Severin y Visser «anulando en la ejecución de la muerte las posibilidades de defensa por lo rápido e inesperado del ataque, los objetos utilizados para golpearlo, el número de atacantes y lo aislado del lugar en el que se produjo».

Cuenca habría pagado por ello e Ion lo habría recibido a cambio el dinero.

En base a este veredicto, la Fiscal rebajó la pena que solicitaba inicialmente de 50 años de cárcel a 34 años de prisión para cada uno de los asesinos, es decir, 17 por cada delito de asesinato.

De esta manera, el magistrado presidente del Jurado, Enrique Domínguez, ha coincidido con la fiscal en la estimación de la pena, y ha rechazado la petición de los abogados de los dos acusados, José María Caballero y Fermín Guerrero, que reclamaban 10 años de cárcel por cada uno por los delitos de asesinato.

Indemnización

Además, el magistrado establece en la sentencia que ambos condenados deberán indemnizar a la familia de las víctimas con un total 200.000 euros, aunque reconoce que «nada podrá resarcir el inmenso daño que se ha ocasionado a unas personas con la muerte de sus familiares en estas circunstancias».

Por su parte, Constantin Stan, respecto a quien el Tribunal Jurado sólo consideró probada su participación en el descuartizamiento y enterramiento de los cadáveres, ha sido condenado a la pena de prisión de cinco meses como responsable de un delito de encubrimiento, es decir, la misma pena que solicitaba el fiscal, aunque superior a los tres meses de prisión que pidió su abogado, Melecio Castaño.

Además, Stan también está obligado a indemnizar una suma de 16.000 euros, que deberán recibir la madre y hermano de la mujer y a las dos hijas del hombre asesinados. Se trata de una cantidad inferior a los 20.000 euros que solicitaba la fiscal, aunque superior a la petición de su letrado, que estimaba la suma «excesiva». Entiende que prolongó el tiempo preciso para la localización de los cadáveres, «algo que incide en el dolor generado a los familiares».

La resolución acoge las penas solicitadas por el Ministerio Fiscal y la acusación particular, después de que el Tribunal Jurado considerara que concurre en este caso la atenuante muy cualificada de dilaciones indebidas.

La sentencia no es firme y contra ella cabe recurso de apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia.

«Inmenso daño» ocasionado a las familias

En los fundamentos de derecho, el magistrado presidente del Jurado considera «obvio» que las muertes de la pareja «fueron ocasionadas por la acción de Cuenca e Ion con alevosía y precio». Además de que sendos procesados reconocieron ya en el juicio que mataron a los holandeses, extremo que se refuerza con la versión de la testigo clave del caso.

El juez también recoge en la sentencia la advertencia de que en los cuerpos de las víctimas, basándose en los informes de los médicos forenses, no se hallaron signos de defensa, algo sólo factible anulando su capacidad y vencida su resistencia a golpes, propinados por sorpresa y por la espalda con la intención de acabar con su vida. Una acción que planeó Cuenca «desde hacía tiempo».

Y da por probada la versión de Stan, dado que no hay prueba alguna que indique que participó en la muerte de la pareja. Los restos de sangre de la pareja estaban en lugares diferentes y opuestos de la planta baja, pero en la superior, donde se encontraba Stan durmiendo debido al alcohol que previamente había ingerido, no hubo restos; al igual que la de Serafín de Alba.

A juicio del magistrado, «estamos ante unos hechos en los que se mata a golpe a dos personas, con una planificación de semanas para su comisión por parte de Cuenca y una aceptación de la propuesta de cometer los delitos por Ion».

Opina, igualmente, que el hecho de que Cuenca indicara donde estaban los cuerpos y condujera a ese lugar a la Policía «no se considera como merecedor de una rebaja punitiva, pues ha de encuadrarse en lo que se reveló como su inicial estrategia de defensa en la que se implicaba a terceros y era algo que cuadraba con esa versión, teniendo también en cuenta el mayor reproche que si quiera cabe a su conducta en relación a la del otro autor por cuanto es Cuenca el que idea y planifica los crímenes».

El juez entiende que no concurre motivo de Justicia o equidad alguno para solicitar el indulto para ninguno de los tres condenados ni acordar sobre una eventual suspensión de la ejecución de la pena de cinco meses de prisión a Stan.

En el caso de Stan, el magistrado cita una serie de hechos que «refuerzan» su versión de no haberse enterado de lo que sucedió esa noche, como el hecho de que en la casa rural donde se cometieron los crímenes apareciera una botella de whisky, por lo que considera «factible» que hubiera bebido una «buena cantidad» antes de la llegada de la pareja de holandeses.

Además, estima que no se ha aportado «prueba alguna» que demuestre que participó en los hechos de dar muerte a la pareja, incidiendo en la conclusión médico-forense que «admite que puedan haberse cometido los hechos por dos personas».

De la misma forma, el magistrado considera que no se puede considerar «categórico» el testimonio de la propietaria de la casa rural, que dijo haberse encontrado «ordenada y como si no se hubiera usado» la planta superior en la que supuestamente permaneció Stan durante los hechos. En concreto, el juez considera «factible» que la planta se limpiara y ordenara posteriormente.

En lo que respecta a Serafín de Alba, el magistrado ha destacado la relevancia de uno de los testigos, hijo de un amigo del acusado, que ratificó que éste pasó la tarde con su padre del 15 de mayo para que le hiciera la declaración del IRPF.

Veredicto del jurado popular

Los miembros del Jurado Popular encargados de juzgar a los procesados consideraron probados que Juan Cuenca decidió dar muerte a la pareja y para ello contrató los servicios del individuo rumano Valentin Ion, previo pago de 1.200 euros.

El Jurado considera probado que Cuenca e Ion sujetaron y ayudaron a que se propinaran reiteradamente golpes en los cuerpos de Severein y Visser, fundamentalmente en las cabezas, todo ello con la intención de acabar con sus vidas, ocasionándoles fracturas en la cara, la mandíbula y en el cráneo que le produjeron la muerte como consecuencia de los múltiples traumatismos.

Igualmente, las posibilidades de defensa de las víctimas fueron anuladas por lo remoto del lugar en el que se encontraba la casa, el número de agresores, lo inesperado y rápido del ataque y las características de los objetos empleados para golpearles, grandes, romos, duros y contundentes, utilizando una gran fuerza y violencia.

Sobre Stan, aceptó la propuesta de su compatriota de acompañarle para realizar unos trabajos de albañilería en unos mosaicos pero al llegar a la casa rural se subió a la planta superior, donde permaneció hasta que decidió bajar y se encontró con lo sucedido. Por su parte, el Jurado exime de responsabilidad a Serafín de Alba, el propietario de la finca donde se hallaron los cadáveres enterrados.

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