Caso NóosLos argumentos de una resolución controvertida

El tribunal de Nóos, Anticorrupción y los abogados defensores se han pronunciado en base a la sentencia previa

Palma de Mallorca Actualizado: Guardar
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El auto de medidas cautelares dictado este jueves por el tribunal del caso Nóos en relación a los dos principales condenados, Diego Torres e Iñaki Urdangarín, puede haber causado una cierta sorpresa en parte de la opinión pública, ya que los dos exsocios continuarán en libertad provisional y no tendrán que abonar ninguna fianza.

En su resolución, el tribunal argumenta que «los acusados, en ningún momento, han tratado de eludir la acción de la Justicia y así, pese a las penas solicitadas, han comparecido a cada uno de los llamamientos, en todas las instancias, y en el día de hoy, a la hora indicada». Otra razón para no dictar medidas cautelares que pudieran implicar el ingreso en prisión ha sido que tanto Urdangarín como Torres «disponen de arraigo suficiente (familiar, social y laboral) en territorio nacional».

El citado auto señala que, en cualquier caso, Urdangarín deberá comparecer el día 1 de cada mes ante la autoridad judicial de su actual país de residencia —Suiza— y que deberá comunicar al tribunal cualquier desplazamiento fuera de la Unión Europea o cualquier cambio de residencia, incluso temporal. Por lo que respecta a Torres, el tribunal ha decretado para él las medidas cautelares de prohibición de salir del territorio nacional, entrega del pasaporte y comparecencias en el Juzgado más próximo a su domicilio el día 1 de cada mes. También deberá comunicar cualquier cambio de residencia, incluso temporal.

El tribunal ha adoptado las citadas medidas con la advertencia de que, en caso de ser incumplidas, podría fijar otras más gravosas para la libertad personal de los dos acusados, incluida la de prisión provisional. Contra el auto dictado este jueves cabe, además, recurso de súplica en el plazo de tres días.

Por lo que respecta a la petición del fiscal Anticorrupción Pedro Horrach de prisión provisional eludible bajo fianza, desestimada por el tribunal, estaba perfectamente ajustada a los delitos por los que habían sido condenados Torres y Urdangarín. Cabe recordar que las penas fijadas por la sentencia del caso Nóos habían sido de ocho años y seis meses de prisión para Torres, mientras que el marido de Doña Cristina había sido condenado a seis años y tres meses.

El Ministerio Público incluso valoró inicialmente la posibilidad de pedir prisión incondicional para Urdangarín y para Torres, si bien finalmente Horrach propuso este jueves la citada medida cautelar, atendiendo a la gravedad de las penas, por el riesgo de fuga —aunque fuera pequeño— y teniendo en cuenta la actual situación económica de los dos exsocios.

Por lo que respecta al abogado de Torres, Manuel González Peeters, y al de Urdangarín, Mario Pascual Vives, era obvio que se opondrían en cualquier caso a la solicitud de ingreso en prisión de sus respectivos clientes, tanto incondicional como con fianza. Los dos letrados habían defendido ya que ninguno de los delitos cometidos por ambos exsocios implicaba, por separado, una pena mayor de dos años, circunstancia esencial en este caso para pedir que no se adoptase la medida cautelar más dura.

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