TV3, bajo la lupa de la Junta Electoral Central

El PP cedió en la enmienda de la televisión pública porque la llamada a las urnas el 21-D garantiza que el órgano electoral supervise el ente

Vídeo: Discurso de Puigdemont, rotulado como president de la Generalitat, después de la aplicación del artículo 155 y emitido en exclusiva por TV3

M.C/V.R.A

Durante buena parte del viernes la atención en el Senado se centró en si el PSOE y el Gobierno lograban alcanzar un acuerdo para ver de qué modo se gestionaba TV3 y el resto de medios de comunicación públicos catalanes en este periodo de transición.

El texto redactado inicialmente por el Consejo de Ministros abría la puerta a un control gubernamental durante el tiempo que durase la aplicación del artículo 155. El PSOE se oponía a ello porque no quería trasladar la sensación de que se recortaba el papel del parlament, el órgano legislativo que tiene las funciones de control del ente público.

Los socialistas querían eliminar directamente ese párrafo del dictámen que iba a votar el Senado. El PP ofreció pactar una transaccional que trasladaría a la Junta Electoral Central (JEC) el control de TV3. El PSOE seguía sin aceptar y anunciaba a los medios que abortaba las negociaciones en ese punto .

Pero apenas una hora después los populares informaban de que aceptaban la enmienda de supresión que proponían los socialistas. Y deslizaban que se trataba de una concesión de Mariano Rajoy al PSOE. Este asunto se trató con Pedro Sánchez en conversación telefónica ¿Por qué ese repentino cambio de opinión? La respuesta se encuentra en la decisión del presidente del Gobierno, que anunciaría horas después, de poner fecha y convocar las elecciones autonómicas. Y es que la JEC garantiza el pluralismo en el periodo electoral. Una fase en la que ya hemos entrado .

Y es que una instrucción de este organismo en el año 2011 establece que «se entiende por periodo electoral el comprendido entre la fecha de publicación de la convocatoria de las elecciones en el boletín oficial correspondiente y el día mismo de la votación». Esa publicación de la fecha ya se produjo en el Boletín Oficial del Estado de ayer, con lo que en virtud de la instrucción 2/2011 de la JEC se ocupará de «reducir la publicidad y la propaganda electoral durante el período electoral» . Además, durante la campaña electoral (5 de diciembre al 19 de diciembre) se encargará de «evitar la incidencia de los poderes públicos.

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