La Audiencia de Palma retira a Matas el pasaporte que hace un mes le había devuelto Castro

La decisión ha sido tomada a instancias de la Fiscalía Anticorrupción y de la Abogacía de la Comunidad, a la espera de que el Tribunal Supremo decida sobre los recursos presentados por la sentencia del caso Nóos

Josep María Aguiló

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La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Palma retiró ayer jueves el pasaporte al expresidente del Gobierno balear Jaume Matas . El mismo tribunal que dictó la sentencia del caso Nóos ha revocado así, a instancias de la Fiscalía Anticorrupción y de la Abogacía de la Comunidad, la última decisión tomada por el juez José Castro como titular del Juzgado de Instrucción número 3 de Palma.

El pasado 19 de diciembre, un día antes de jubilarse, Castro dictó un auto en el que accedió a la petición formulada por Matas en noviembre, en el sentido de que le fueran levantadas las medidas cautelares de prohibición de abandonar el país y de retirada del pasaporte impuestas en marzo de 2010, en el transcurso de la instrucción de la pieza principal del caso Palma Arena. Durante los pocos días en que el expolítico mallorquín ha podido disfrutar de nuevo de su pasaporte, ha podido hacer un viaje familiar al extranjero.

Cabe recordar que, a lo largo de estos últimos años, la representación procesal de Matas había solicitado en diversas ocasiones el levantamiento de las citadas medidas cautelares, pero hasta hace tres semanas Castro había desestimado siempre esas peticiones. El juez argumentó el pasado 19 de diciembre su cambio de criterio señalando que a lo largo de los últimos meses habían acaecido «dos hechos» que devenían «de riguroso interés para resolver sobre el postulado levantamiento de las medidas cautelares». Así, Castro recordaba que «el afectado» había atendido «absolutamente» todos los llamamientos judiciales que habían pesado sobre él, «algunos de ellos bajo la admonición de penas realmente muy graves». Para el magistrado, esa actitud, lejos de ser puntual, se había reiterado «durante un muy dilatado periodo de tiempo».

Críticas veladas de Castro

Por otro lado, Castro también indicaba en su auto que de todos los investigados o condenados en alguna de las piezas del caso Palma Arena, Matas era entonces «el único sobre el que pesa tal medida restrictiva de su libertad de deambulación, de tal manera que condenados a penas incluso muy superiores a las del hoy solicitante, no sólo no se han visto grabados por similar medida cautelar, sino que incluso uno de ellos reside en la actualidad en el extranjero, lo que constituye un trato hirientemente discriminatorio al que hay que poner fin de inmediato».

Castro se refería en ese punto, de manera velada o implícita, a Iñaki Urdangarin , que en febrero del pasado año fue condenado a seis años y tres meses de cárcel en la sentencia del caso Nóos. Matas, por su parte, fue condenado en la misma causa a tres años y ocho meses de prisión. Ambas penas se encuentran recurridas en la actualidad ante el Tribunal Supremo. Al no haberse pronunciado aún el Alto Tribunal, la Audiencia Provincial ha decidido ahora aceptar la petición hecha por las acusaciones en el sentido de que se le volviera a aplicar a Matas algún tipo de medida cautelar. Como se ha señalado ya, la Sala ha decidido retirar el pasaporte al exmandatario isleño.

Cabe recordar, en ese contexto, que el tribunal del caso Nóos acordó hace once meses no retirar el pasaporte a Urdangarin, si bien también estableció que el marido de la Infanta debería comparecer el día 1 de cada mes ante la autoridad judicial de su actual país de residencia —Suiza— y que debería comunicar cualquier desplazamiento fuera de la Unión Europea o cualquier cambio de residencia, incluso temporal.

Sentencias de Matas

Hasta principios de 2017, el expresidente balear había sido condenado en firme en dos de las piezas del caso Palma Arena ya juzgadas y resueltas. En un caso, debió cumplir una condena de nueve meses y un día de cárcel por tráfico de influencias, en concreto por favorecer a un amigo periodista con una subvención. En el otro caso, debió abonar 9.000 euros de multa por cohecho , al considerar el jurado que había presionado a un hotelero para que contratase a su esposa, Maite Areal.

Más recientemente, el pasado mes de octubre, la Audiencia Provincial dictó una sentencia en la que absolvió a Matas del delito continuado de fraude a la Administración en el marco de las piezas separadas número 8 y 9 del caso Palma Arena. Dichas piezas trataban sobre la presunta contratación irregular de los tres arquitectos que construyeron el velódromo. El tribunal sí condenó a Matas a ocho años de inhabilitación para cargo público, por un delito continuado de prevaricación.

Fue también en octubre cuando la Audiencia Provincial dictó una sentencia en la que absolvió a Matas del delito de tráfico de influencias, en el marco de la pieza separada número 3 del caso Palma Arena, conocida como el caso Ópera. La citada pieza trataba sobre la presunta contratación irregular del arquitecto Santiago Calatrava por parte de Matas, a principios de 2007, para que elaborase un anteproyecto para la construcción de un futuro palacio de la ópera en Palma.

Finalmente, en noviembre, Matas consiguió eludir de nuevo un posible ingreso en prisión, después de haber alcanzado un acuerdo de conformidad con Anticorrupción en el marco de las piezas separadas 13 y 14 del caso Palma Arena. Dichas piezas trataban, respectivamente, sobre la campaña de publicidad para el Mundial de Ciclismo en Pista de 2007 y sobre un patrocinio concreto para ese evento. El expolítico popular reconoció que prevaricó en este caso, lo que le supuso siete años de inhabilitación para cargo o empleo público, pero no el ingreso en la cárcel. En principio, Matas ya sólo deberá enfrentarse a dos juicios más, el caso Over y el caso Son Espases.

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