El TC anula la convocatoria del referéndum independentista por inconstitucional

Rechaza por unanimidad el recurso de la Generalitat contra la aplicación del 155 por presentarse antes de tiempo

Luis P. Arechederra

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El Tribunal Constitucional (TC) ha anulado el decreto de convocatoria del referéndum independentista ilegal , celebrado el pasado 1 de octubre, por considerarlo inconstitucional. El tribunal garante de la Constitución ha tomado esta decisión por unanimidad de sus doce magistrados . Todos consideran que la votación ilegal vulneró la soberanía nacional, la supremacía de la Carta Magna y la indisoluble unidad de España, tres principios consagrados en la Constitución. El TC entra así al fondo del asunto y deja en papel mojado el 1-O.

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«La Comunidad Autónoma de Cataluña carece de competencias para convocar y celebrar un referéndum», explica la sentencia del tribunal garante, de la que es ponente su vicepresidenta, la magistrada Encarnación Roca . Argumenta así que el decreto de convocatoria del referéndum también incumple el reparto de competencias entre el Estado y las autonomías. Explica que una región tampoco puede convocar una consulta, aunque no sea «referendarias» cuando inciden en asuntos resueltos por el constituyente que dio forma a la Carta Magna de 1978, «por afectar al fundamento mismo del orden constitucional».

Con argumentos similares, los doce magistrados también consideran nulas las normas complementarias a la ley del referéndum, en las que se regulaban aspectos conexos con la votación, y la resolución del Parlamento de Cataluña que nombró a la llamada Sindicatura Electoral, la especie de Junta Electoral Central que los independentistas crearon para la jornada del 1 de octubre. Su creación ya fue suspendida por el TC al admitir a trámite un recurso del Gobierno y sus representantes dimitieron de sus cargos cuando fueron multados por el tribunal garante para que dejaran de desobedecer aquella resolución. «Vulnera la Constitución, tanto por motivos de carácter no competencial como competenciales», concluyen los jueces.

En la misma fecha, el Constitucional también ha rechazado el recurso del Gobierno de la Generalitat contra el acuerdo del pleno del Senado que permitió al Gobierno aplicar el artículo 155 de la Constitución. Los doce jueces explican que el escrito del Govern se presentó antes de tiempo, antes incluso de que se hubiera celebrado el pleno de la Cámara alta que pretendía revocar. El Senado aprobó a las 16.00 horas autorizar las medidas requeridas por el Gobierno de España para asumir competencias de Cataluña, con las que el Ejecutivo de Rajoy cesó al Govern, disolvió el Parlament y convocó elecciones para el 21 de diciembre. El recurso de la Generalitat, sin embargo, se había presentado el mismo día, el 27 de octubre, pero a las 14.23 horas. «No existía siquiera el acto con fuerza de ley que se pretendía recurrir».

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