La Junta Electoral Central da la razón a TVE y pide expedientar a la CCMA por «cobertura partidista»

El órgano considera que el ente público no «vulneró el principio de neutralidad informativa» al no emitir un anuncio de la CUP. Sobre la corporación catalana, ve un uso «partidista» en sus informaciones

Carles Puigdemont pronuncia su discurso durante la manifestación independentista en Bruselas EFE

EP

La Junta Electoral Central (JEC) ha dado la razón a TVE porque considera que no vulneró el principio de neutralidad informativa al no emitir un anuncio de la CUP; ha ratificado la sanción a la Corporació Catalana de Mitjans Audiovisuals (CCMA) por su cobertura informativa de la manifestación soberanista en Bruselas (Bélgica), y le ha abierto un expediente sancionador por la emisión del concierto «para la libertad de los presos políticos» organizado por la ANC.

El acuerdo de este lunes recogido por Europa Press, rechaza el recurso que había presentado la CCMA por la decisión de la Junta Electoral de Barcelona, ya que sostiene que la cobertura de la manifestación en Bruselas tuvo un «carácter partidista» y una incidencia electoral a favor de las candidaturas de ERC y JuntsxCat.

La JEC ha criticado que «los medios de la CCMA no se limitaron a dar información sobre un acto de campaña sino que hicieron un seguimiento sistemático y continuado durante toda esa jornada sobre el mismo potenciando ampliamente su difusión», por lo que confirman el criterio de la Junta Electoral de Barcelona.

Aun así, ha aceptado parcialmente el recurso de la CCMA sobre la compensación que pedía la Junta Electoral de Barcelona, ya que considera que «c arece de información suficiente para determinar el grado de desequilibrio de tiempos» entre las candidaturas.

Concierto de la ANC

Sobre el concierto «para la libertad de los presos políticos» que organizó el 2 de diciembre la ANC, la JEC ha aceptado un recurso del PP sobre la decisión de la Junta Electoral de Barcelona de no abrir un expediente sancionador a la CCMA por su cobertura del concierto.

Ha asegurado que la CCMA ha cometido una reiteración en la vulneración de los principios de pluralismo, igualdad, proporcionalidad y neutralidad informativa, y ha «potenciado la difusión de un acto cuya razón de ser consistía primordialmente en producir la máxima incidencia electoral posible » por lo que pide a la Junta Electoral de Barcelona que abra un expediente sancionador a la CCMA.

Vídeo de la CUP

La JEC también se ha pronunciado sobre un recurso de TVE sobre la decisión de la Junta Electoral de Barcelona de que debía compensar a la CUP por no haber emitido un vídeo electoral en el que la formación anticapitalista pedía la libertad de los presos soberanistas.

Ha revocado esta decisión y ha aceptado el recurso de TVE, ya que defiende que « no vulneró el principio de neutralidad informativa ".

Ha afirmado que la CUP envió el vídeo fuera de plazo y que TVE preguntó sobre la legalidad del contenido del vídeo a la Junta Electoral de Barcelona, aunque no obtuvo respuesta «por la presentación extemporánea de los soportes de propaganda electoral» por parte de la CUP.

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