María José Asensio, viceconsejera de Empleo, Empresa y Comercio
María José Asensio, viceconsejera de Empleo, Empresa y Comercio - EFE

La Fiscalía avala la entrega a la UCO de los correos de altos cargos en el caso Aznalcóllar

Considera que la medida «no es ni indiscriminada ni innecesaria, ni supone el inicio de una investigación prospectiva»

SEVILLA Actualizado: Guardar
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La Fiscalía de Sevilla ha avalado la decisión de la juez que investiga la adjudicación por parte de la Junta a la agrupación empresarial México-Minorbis de los derechos de explotación del yacimiento minero de Aznalcóllar de entregar a la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil los correos intervenidos a tres altos cargos y 12 funcionarios de la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio.

En un escrito, al que ha tenido acceso Europa Press, el Ministerio Público se opone así a los recursos presentados por los afectados por esta medida, entre ellos la viceconsejera del ramo, María José Asensio, al entender que la diligencia acordada por la juez de Instrucción número 3, Patricia Fernández Franco, «no es ni indiscriminada ni innecesaria, ni supone el inicio de una investigación prospectiva».

A su juicio, no se trata de una diligencia «indiscriminada» porque «afecta única y exclusivamente a los correos electrónicos habidos entre los años 2013 y 2016 y que además hagan referencia al concurso y adjudicación de las actividades extractivas de los recursos existentes en la reserva minera de Aznalcóllar».

De este modo, «se trata de direcciones de correo corporativas en las cuales no puede haber misivas o mensajes privados o particulares, sino únicamente correos relativos al trabajo del empleado público».

Asimismo, la Fiscalía considera que no se trata de una medida «indiscriminada» ni que suponga el inicio de una investigación «prospectiva» porque «lo que aquí se investiga es un presunto delito de prevaricación en el que supuestamente hubieran podido incurrir los empleados públicos que conformaron la mesa de contratación y la comisión técnica del concurso de adjudicación de la mina de Aznalcóllar».

Legalidad y pertinencia

El Ministerio Público opina que el hecho de que el acceso a los correos de los empleados públicos «exceda» de lo inicialmente encomendado a la Guardia Civil «no puede afectar ni a la legalidad ni a la pertinencia» de la diligencia acordada, ya que la juez «funda» en su resolución «la necesidad de la misma en los hasta cinco encuentros que relata pormenorizadamente y que presuntamente tuvieron lugar a lo largo de los años 2013 y 2014 entre altos cargos de la Dirección General de Minas y directivos de Emerita».

Según la Fiscalía, la juez también hace referencia a los encuentros de los directivos de Emerita con «uno de los administradores del Grupo Empresarial al que pertenece Minorbis, amén de supuestas llamadas telefónicas entre los mismos», y argumenta que la diligencia acordada «es imprescindible para averiguar si hubiera habido algún tipo de apoyo o indicación institucional desde la Administración autonómica, previo y/o paralelo al discurrir del concurso».

«Cuando menos resulta llamativo la aceptación por un empleado público de una invitación a una recepción organizada por una compañía licitadora o que va a serlo, o la asistencia de empleados públicos a una reunión en la sede de compañías licitadoras o que pudieran serlo», asevera el Ministerio Público.

Auto «motivado» y «razonado»

Asimismo, afirma que el objetivo es «tener acceso a los correos electrónicos almacenados en los servidores informáticos, abiertos ya por tanto por su destinatario y que además se refieran única y exclusivamente a los aspectos que puedan ser relevantes para la presente investigación en curso».

De igual modo, el Ministerio Público recuerda que tanto el Tribunal Constitucional como la Sala de lo Social del Tribunal Supremo «entienden que no existe vulneración de la intimidad ni del derecho al secreto de las comunicaciones del empleado por cuanto se trata de un correo corporativo para el cual el Estatuto de los Trabajadores permite dicho control -por el empresario-, con el fin de verificar el cumplimiento por el trabajador de sus obligaciones y deberes laborales».

Así, y «si en los casos de una relación de sujección (empresario-empleado; Administración-funcionario), no es precisa la autorización judicial para el acceso por los primeros a los correos electrónicos recibidos en una cuenta corporativa y ya almacenados, abiertos y leídos por el empleado destinatario, no puede discutirse la legitimidad de la diligencia acordada por la magistrada en un auto motivado y razonado».

Esta diligencia, según subraya, «consiste en acceder a los correos electrónicos de los empleados públicos denunciados que se encuentran almacenados en los servidores informáticos» de Sandetel.

El pasado día 20 de febrero, la juez suspendió el volcado y entrega a la UCO de dichos correos electrónicos al no haberse resuelto los recursos de las defensas contra esta decisión.

Así, la magistrada puso de manifiesto que «no se ha podido resolver sobre la petición de suspensión formulada, al encontrarse las actuaciones en Fiscalía», por lo que «por razones de seguridad jurídica» accedió a la petición de suspensión de la diligencia señalada «a la espera de lo que se resuelva sobre las peticiones en curso».

A la comparecencia asistieron un agente de la UCO y los abogados de varios investigados, entre ellos el letrado de la viceconsejera de Empleo, Empresa y Comercio, María José Asensio, que pidió la suspensión del acto de volcado de los correos al entender que podría causar «irreparables perjuicios» y la vulneración de derechos fundamentales con una investigación «prospectiva».

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