La juez Alaya
La juez Alaya - J. SPÍNOLA

Alaya reitera que hay indicios de delito en la adjudicación de Aznalcóllar

El concurso minero se culminó el 20 de febrero del 2015 en favor de Minorbis-Grupo México

SEVILLA Actualizado: Guardar
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La juez Mercedes Alaya ha reiterado que existen indicios «sólidos» de prevaricación en la adjudicación de la mina de Aznalcóllar (Sevilla) por parte de la Junta de Andalucía, y lo ha hecho en un auto en el que rechaza los incidentes de nulidad planteados por los investigados, entre ellos una viceconsejera.

El concurso minero se culminó el 20 de febrero del 2015 en favor de Minorbis-Grupo México, lo denunció la empresa finalista, Emerita Resources, y lo investigó el juzgado de instrucción 3 de Sevilla, que archivó la causa en diciembre de 2015, aunque en octubre de 2016 la Audiencia de Sevilla la reabrió.

Cuando se reabrió el caso, la juez Alaya, como ponente del auto de la sección séptima de la Audiencia, dijo que existían indicios de que la Junta de Andalucía cometió «ilegalidades severas y arbitrarias» en el proceso de adjudicación que podrían suponer un delito de prevaricación.

Ahora, en un auto que rechaza los incidentes de nulidad planteados, entre ellos el de la viceconsejera de Empleo y ex directora general de Minas, María José Asensio, la juez considera que «existen indicios sólidos de la posible comisión de un delito de prevaricación en el que hay que seguir investigando».

En su resolución, a la que ha tenido acceso Efe, Alaya condena en costas a los promotores del incidente de nulidad, entre los que también está Minorbis.

En ese auto, la magistrada señala que parte de esa investigación, si la juez de instrucción lo considera, son las declaraciones como investigados -antes imputados- de los miembros de la Mesa de Contratación y de la Comisión Técnica del proceso.

También recuerda que fue Emerita la que solicitó requerir a Minorbis acreditación sobre los medios materiales y personales disponibles para poder prestar a AMC Mining Iberia los servicios de coordinación previa, para el desarrollo e impulso del proyecto de explotación de la reserva minera, hasta el 11 de mayo de 2015, por los que facturó 1.210.000 euros.

Todo ello, indica el auto, lo planteó Emerita ante las dudas que le generaba que Minorbis tuviera medios personales, técnicos y económicos suficientes para prestar ese volumen de servicios, teniendo en cuenta que se había creado el 19 de marzo de 2014, poco tiempo antes de presentarse como licitadora en el concurso, y que solo disponía de un capital social de 3.000 euros.

Cuando se reabrió el caso, la Audiencia dijo que la dirección General de Minas permitió que pasara a la segunda fase del concurso «una entidad, Grupo México asociada a Minorbis, de la que, en el expediente administrativo, se desconoce todo, su personalidad jurídica, su capacidad de obrar, su objeto social, sus cuentas anuales y su capital social».

La acreditación de todo lo anterior se sustituyó «por una presunción que carece del más mínimo respaldo jurídico», resaltó la Audiencia.

La juez también aludió a los «incumplimientos que a priori resultaron evidentes, numerosos y esenciales» y que deberían haber provocado que «ni Minorbis-Grupo México, ni Minorbis sola» pasaran a la segunda fase del concurso.

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