Renta 17-18

Si mi hijo presenta declaración por su cuenta, ¿puedo deducírmelo en mi declaración?

Los progenitores podrán deducirse en su declaración por un descendiente menor de 25 años, aunque presente su propia declaración del IRPF

Los progenitores podrán deducirse en la Declaración de la Renta según determinados casos FOTOLIA

Iván Sáez Fuertes/Gonzalo de Foronda

En el caso en el que un menor de 25 años - un hijo o descendiente- que conviva con el contribuyente presente declaración del IRPF, los progenitores podrán deducirse por este aunque presente su propia declaración del IRPF , siempre y cuando las rentas declaradas sean iguales o inferiores a 1.800 euros. En relación con este requisito deben efectuarse las siguientes precisiones:

Tributación individual del descendiente

Si el descendiente presenta declaración individual del IRPF, ya consista ésta en una autoliquidación o en el borrador de declaración debidamente suscrito o confirmado, con rentas iguales o inferiores a 1.800 euros , los contribuyentes con derecho pueden aplicar el mínimo por descendientes, siempre que se cumplan los restantes requisitos exigidos (menor de 25 años y que conviva con los progenitor/es). Si las rentas son superiores a 1.800 euros, ninguno de ellos puede aplicar el mínimo por descendientes.

Tributación conjunta con los padres

Si el descendiente menor de edad presenta declaración conjunta con sus padres, éstos pueden aplicar en dicha declaración el mínimo por descendientes que corresponda, siempre que se cumplan los restantes requisitos exigidos.

Tributación conjunta con uno de los padres

Ya sea por separación legal o cuando no exista vínculo matrimonial. En estos casos, el padre o la madre que tributa conjuntamente con los descendientes que forman parte de la unidad familiar, se aplicará íntegramente el mínimo por descendientes correspondiente a estos, y el otro progenitor no tendrá derecho al mínimo al presentar los hijos declaración, siempre que estos últimos tengan rentas superiores a 1.800 euros.

De no cumplirse el supuesto de tener rentas superiores a 1.800 euros, el mínimo por descendientes se distribuirá entre los padres con el que conviva el descendiente por partes iguales, aun cuando uno de ellos tribute conjuntamente con los hijos. Esta misma regla resulta aplicable en los casos en que los hijos sometidos a guardia y custodia compartida tributan conjuntamente con uno de sus progenitores.

Iván Sáez Fuertes y Gonzalo de Foronda, Director y consultora del departamento People Advisory Services de EY, responden a las principales cuestiones a tener en cuenta en su declaración del IRPF 2017

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