Renta 17-18

¿Cuándo debo presentar una declaración del Impuesto sobre el Patrimonio?

Existe un mínimo exento por debajo del cual no es obligatorio el pago de impuesto

EFE

IVÁN SÁEZ FUERTES

El Impuesto sobre el Patrimonio grava el patrimonio neto del contribuyente, esto es, valor de los activos menos deudas, aunque existe un mínimo exento por debajo del cual no es obligatorio el pago de impuesto ni presentar declaración, que de acuerdo a la normativa estatal asciende a 700.000 EUR por contribuyente.

No obstante, como este Impuesto se encuentra cedido a las Comunidades Autónomas, éstas pueden regular ciertos aspectos, como los mínimos exentos. Así, hay Comunidades como Cataluña, que cuentan con un mínimo exento de 500.000 EUR, inferior al estatal, y otras como la Comunidad de Madrid, que establece una bonificación del 100% de la cuota del Impuesto.

El plazo de presentación de las autoliquidaciones del Impuesto sobre el Patrimonio del año 2017, cualquiera que sea su resultado (a ingresar o negativa), será el comprendido entre los días 4 de abril y 2 de julio de 2018, ambos inclusive.

No obstante, si el resultado de la declaración es a ingresar y se desea domiciliar el pago, la presentación no podrá realizarse con posterioridad al día 27 de junio de 2018.

Iván Sáez Fuertes y Gonzalo de Foronda, Director y consultora del departamento People Advisory Services de EY, responden a las principales cuestiones a tener en cuenta en su declaración del IRPF 2017

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