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Vídeo: La Justicia europea sentencia la devolución de las cláusulas suelo desde la firma de la hipoteca - ABC

El decreto sobre cláusulas suelo, punto por punto

La norma aprobada por el Gobierno acelera e incentiva el acuerdo extrajudicial entre banco y cliente

MADRID Actualizado: Guardar
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El Gobierno dio ayer luz verde a la puesta en marcha del mecanismo extrajudicial por el que los consumidores afectados por cláusulas suelo abusivas podrán reclamar a su entidad gratuitamente y sin pleitear lo que pagó de más por su hipoteca. Estos son los principales puntos de la norma:

Servicios especializados

Las entidades financieras deberán crear servicios o departamentos especializados en las reclamaciones de los contratos hipotecarios con cláusula suelo. Tendrán un plazo máximo de un mes desde el próximo lunes para poner en funcionamiento el sistema. Los consumidores, por su parte, podrán empezar a solicitar esas cuantías a sus bancos el mismo lunes, aunque el plazo máximo de tres meses para obtener una respuesta no empezará a correr hasta que el banco tenga listo el servicio.

Será decisión de los clientes decidir si reclaman al banco -en la sucursal o a través de la web- o acuden a los tribunales, pues la vía judicial no se les cierra.

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La banca deberá garantizar que todos los clientes con cláusula suelo en su hipoteca conocen la puesta en marcha del mecanismo y la posibilidad de iniciar una reclamación. Para ello bastará con que, de forma general, hagan el debido anuncio en sus sucursales o a través de sus páginas web o aplicaciones móviles. Por tanto, las entidades no avisarán uno a uno a estos clientes por correo postal o electrónico ni por teléfono. El Gobierno considera además que la notoriedad que ha tenido el asunto es ya de por sí una forma de alerta a los consumidores.

Seguimiento

Se creará un órgano de seguimiento, control y evaluación de las reclamaciones, integrado por representantes de los consumidores y la abogacía y que elaborará un informe semestral sobre su gestión, pero sin capacidad sancionadora.

Cargas fiscales

Los clientes que recuperen el dinero deberán regularizar -sin sanción- su situación con Hacienda si en su día se aplicaron la deducción por vivienda en el IRPF. Eso sí, no tributarán por las cantidades recuperadas: ni por el principal derivado por la aplicación de la cláusula suelo ni por los intereses indemnizatorios.

Plazos del proceso

Si los clientes deciden acudir al proceso extrajudicial, el banco deberá estudiar su caso y darle una respuesta -positiva o negativa- en un plazo máximo de tres meses. El banco tendrá la posibilidad de decidir si la cláusula era abusiva o no. Si la entidad no acepta compensar al consumidor el cliente aún podrá ir por la vía judicial. En caso contrario, la entidad deberá hacer al cliente una oferta de devolución, que incluirá lo que el cliente abonó de más por cláusulas suelo abusivas así como los intereses de demora y legales del dinero que le corresponden, desglosando ambas cuantías. El consumidor decidirá si acepta o rechaza; si la ve insuficiente, puede recurrir a los tribunales.

Formas de pago

El decreto fija que la primera oferta de compensación sea el pago en efectivo. Eso sí, en una disposición adicional se incluye la posibilidad que el banco ofrezca al cliente una compensación distinta, como la novación del crédito. Por ejemplo, podrán pactar una reducción de la deuda pendiente de amortizar o una reducción del tipo de interés que paga. El cliente tendrá 15 días para estudiar la oferta, y si acepta deberá manifestarlo por escrito y de forma expresa en un documento aparte.

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