Una auditoría de la UE reprueba la gestión de la autoridad que resolvió el Popular

El Tribunal de Cuentas europeo ve muy compleja la recapitalización interna de bancos en un fin de semana

La presidenta de la JUR, Elke König, compareció la semana pasada en el Congreso por el caso Popular EFE
Moncho Veloso

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Nueva reprobación pública a la autoridad bancaria europea que ordenó la intervención del Popular. El Tribunal de Cuentas Europeo concluye en su primer informe sobre el funcionamiento de la Junta Única de Resolución (JUR) que esta institución, encargada de liquidar o resolver bancos en apuros y a la que el Congreso de los Diputados ha exigido más información sobre el caso Popular , acumula deficiencias en la gestión de los planes de resolución de las entidades financieras más sginificativas de la Eurozona.

«El Tribunal ha identificado deficiencias en la preparación por la JUR de los planes de resolución» , indica el organismo fiscalizador en el informe publicado ayer ( consultar en PDF ), señalando que al cierre de esa auditoría —enero de 2017— solo había aprobado los planes de 64 de las 130 entidades bajo su paraguas.

La institución presidida por Elke König salió ayer al paso de esas conclusiones respondiendo que desde enero ha mejorado en muchos aspectos. La mayor crítica de Cuentas es al contenido de esos planes en los que los bancos deben explicar cómo saldrían adelante en casos de problemas. El informe detecta carencias como falta de detalles sobre los modelos de negocio, la gobernanza y la información financiera específica de las entidades.

Motivos vagos para no liquidar

En caso de problemas con un banco, la JUR debe decidir si se liquida o, como sucedió con el Popular, se resuelve imponiendo quitas a los acreedores para garantizar los depósitos y evitar episodios de inestabilidad financiera. El tribunal denuncia que «si bien la mayoría de los planes llegaban a la conclusión de que la liquidación no era creíble, solo se constató motivos vagos para sustentar este tipo de conclusiones, por ejemplo que habría repercusiones nocivas en el sector bancario nacional» . Ese es uno de los argumentos con los que la JUR decidió no liquidar el Popular y ordenó su intervención y venta exprés .

Otro de los puntos destacados señalados por el tribunal es que si bien la mayoría de los planes de resolución de los bancos indican que en caso de dificultades llevarían a cabo un proceso de recapitalización interna, al igual que se hizo en el Popular, aplicando quitas a accionistas y bonistas, la Junta de Resolución no ha pedido a las entidades que prueben la eficacia de esos planes de recapitalización. Es más, Cuentas recuerda que para imponer esas quitas, los bancos deben contar con un colchón anticrisis (MREL) suficiente, pero hasta la fecha la JUR «no ha fijado un importe del MREL, lo que aumenta la probabilidad de que se considere que no se puede llevar a cabo la resolución de los bancos» .

Resoluciones en 48 horas y corralitos

Es más, el órgano fiscalizador cree que «se sobrestimará la capacidad de absorción de pérdidas de un banco si se incluyen pasivos que no pueden recapitalizarse en el plazo que prevé la estrategia de resolución». En este sentido, el tribunal indica que la mayoría de bancos optan por una resolución vía recapitalización en 48 horas a contar desde el cierre de los mercados el viernes hasta su apertura en lunes. Es decir, en un fin de semana. En este sentido, da la bienvenida al planteamiento de las autoridades de introducir un instrumento de moratoria —un corralito— por el cual un banco bajo resolución suspendería sus obligaciones de pago del banco durante un máximo de cinco días laborables.

«La recapitalización interna de depósitos y bonos en un plazo de 48 horas constituiría un inmenso desafío técnico para la mayoría de los bancos, dada la complejidad de sus sistemas informáticos y de gestión . Antes de ejecutar un plan de recapitalización interna, es necesario que los sistemas de gestión puedan calcular el importe disponible para llevarla a cabo», dice el informe.

Falta de personal

Cuentas admite que parte de esas deficiencias se debe a la premura con que el ente se ha puesto en marcha, pero se refiere además a una carencia de suficientes recursos humanos. El tribunal considera que la institución no está cubriendo sus plazas al ritmo que se había marcado y señala que la situación de falta de personal «es especialmente grave en el caso de la contratación de expertos en resolución y en políticas». Además, la auditoría denuncia la falta de coordinación y delimitación de competencias entre la Junta y las autoridades nacionales de resolución (en España, el FROB).

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