Copa del Rey

El promotor de la pitada al himno: «Mi proyecto político es la independencia de Cataluña»

Santiago Espot, que respondió en catalán, cuestionó por qué la Fiscalía no vio delito en la pitada del año 2009

Queda visto para sentencia el primer juicio por una pitada al himno en un partido de fútbol

Vídeo: La pitada de la Copa del Rey 2015 a juicio / Foto: Santiago Espot, durante el juicio en la Audiencia Nacional Foto: EFE / Vídeo: ATLAS

LUIS P. ARECHEDERRA

«Mi proyecto político es la independencia de Cataluña». Con esa explicación ha contextualizado este martes Santiago Espot su promoción de la pitada al himno en la final de la Copa del Rey del año 2015, disputada entre el Barcelona y el Athletic Club de Bilbao. Espot, presidente de Catalunya Acció, pidió a los asistentes al partido que pitasen al himno de España a través de un manifiesto en Facebook. Los aficionados de ambos clubes provocaron una pitada masiva y sonora, que el Rey presenció en el palco acompañado por Ángel María Villar y un sonriente Artur Mas, que entonces era el presidente de la Generalitat. Esta vista oral, la primera en la que se discute si la pitada es un delito, ha quedado visto para sentencia en un día.

[Así se gestó la pitada al himno]

El acusado, a quien la Fiscalía atribuye los delitos de injurias leves al Rey y de ultraje al himno de España , ha respondido solo a las cuestiones de su abogado defensor y ha utilizado el catalán, un derecho que le ha reconocido el juez. José Manuel Vázquez Honrubia, titular del juzgado central de lo penal de la Audiencia Nacional, ha lamentado aun así esta circunstancia, al ser «notorio» que Espot habla castellano «perfectamente». «Hasta sin acento», ha apuntillado el magistrado.

En el primer juicio por la pitada al himno de España en un evento deportivo –un hecho que se ha repetido en las últimas finales jugadas entre el Barça y el Athletic, como en los años 2009 y 2012-, Espot respondió así en catalán a las preguntas planteadas en castellano por su abogado, sin que la intérprete tradujese a ninguno. La vista oral se ha celebrado dos años y seis meses después del partido en el que se impuso el Barça por tres goles a uno, en otra decisiva actuación de Leo Messi, que anotó dos goles.

La fiscal del caso, Ana Noé, ha pedido la condena para Espot, para quien exige una multa de 14.400 euros , 7.200 por cada uno de los delitos. El Ministerio Público acusa a Espot de promover una acción planificada para menospreciar los símbolos nacionales utilizando la publicidad potenciada por un evento deportivo masivo. La fiscal ha explicado que la pitada excedió de «una situación desagradable» y que también se castigaría si la pitada hubiera atronado un himno autonómico.

La representante del Ministerio Público ha argumentado que la pitada enjuiciada es diferente que la protesta que tuvo lugar en el mismo partido en el año 2009, cuando se abrió una investigación en la Audiencia Nacional que finalizó archivada. La fiscal ha recordado lo que tuvo en cuenta la Sala de lo Penal para reabrir la causa actual: que en 2015 existía otro «ambiente institucional en Cataluña», un contexto que cambia los hechos, según el Ministerio Público. La defensa de Espot ha cargado contra esta comparativa, ha criticado que los hechos son exactamente similares y ha lamentado «el giro copernicano» de la Fiscalía, que en 2009 defendió que pitar el himno de España no era un delito. «No voy a defender que esto sea correcto, defiendo que no debe tener efectos penales», ha insistido el letrado.

El manifiesto publicado en Facebook por la asociación presidida por Espot expresó, entre otros mensajes, lo siguiente: «Se trata de una ocasión inmejorable para manifestar que queremos dejar de ser súbditos de España. Posiblemente algunas voces de nuestra casa volverán a repetir que hay que tener respeto por los símbolos, pero pedir respecto para quien te trata como un trapo sucio solo puede explicarse desde un profundo complejo de esclavo. La primera condición para ganarse la libertad es estar dispuesto a encararse con quien la niega», escribió.

En su declaración, Espot ha negado que comprase y repartiese silbatos entre los aficionados y ha relatado que ni siquiera asistió al partido en el Camp Nou. También ha argumentado que, con el antecedente de 2009, concluyó que la pitada contra un personaje público estaba amparada por la libertad de expresión. «Es un ejercicio de un derecho fundamental, de una forma exabrupta, que no gusta, pero no puede ser un delito», ha concluido el abogado defensor, que ha pedido que se considere la situación económica del acusado para fijar la condena.

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