¿Puede España reclamar su derecho sobre el galeón San José?

El Gobierno no tiene dudas de que se trata de un «barco de Estado», y no de titularidad privada, lo cual hace que esté protegido sin duda por la inmunidad soberana

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La dorada leyenda del galeón San José amenaza con abrir grietas en unas relaciones hasta hoy «sensacionales» entre España y Colombia. El ministro de Asuntos Exteriores, José Manuel García-Margallo, anunció ayer que buscará un acuerdo amistoso con Colombia para reclamar «nuestros derechos» en lo referido al galeón San José, hundido hace tres siglos frente a Cartagena de Indias con oro, plata y esmeraldas. El Gobierno español sale así al paso de la opacidad de Colombia y la falta de información sobre la bandera del galeón hallado. No en vano, García-Margallo no tiene dudas de que se trata de un «barco de Estado», y no de titularidad privada, lo cual hace que esté protegido sin duda por la inmunidad soberana.

«La inmunidad soberana sobre el buque implica que ningún estado pueda tomar una decisión unilateral sobre lo que afecte al buque sin la conformidad del estado de bandera», explica José María Lancho, abogado experto en patrimonio histórico. En este sentido, el derecho internacional señala que los barcos de guerra tienen inmunidad soberana, es decir, gozan de una especie de extraterritorialidad como si fueran un pequeño espacio de territorio de su Estado de origen allá donde estén. Especialmente si han sido hundidos en combate. El San José, hundido tras una emboscada realizada por una flota británica en el siglo XVIII, llevaba en su bodega todo tipo de objetos valiosos, ejemplos del arte y la tecnología de esa época una enorme colección de monedas acuñadas en América en cantidad de varias toneladas, barras de oro y de plata, así como toneladas de joyas y piedras preciosas. Precisamente por esta razón, uno de los argumentos empleados, sin éxito, por la empresa cazatesoros Odyssey durante el juicio por el tesoro de la fragata Nuestra Señora de las Mercedes fue que se trataba de un barco en misión comercial.

Tras casi cinco años de litigio, el Tribunal Supremo de los Estados Unidos obligó finalmente a la empresa Odyssey Marine Exploration a entregar a España el tesoro de la fragata Nuestra Señora de las Mercedes (595.000 monedas de plata y oro), encontrado en 2007 frente a las costas del Algarve portugués. Una sentencia que es señalada como el punto de inflexión en la protección de los bienes culturales subacuáticos y un precedente a tener en cuenta con el galeón San José. «Vale la pena recordar lo ocurrido con la Señora de las Mercedes. El principio de inmunidad soberana es lo único que está protegiendo ese patrimonio», recuerda Lancho, que participó en la defensa jurídica del Gobierno español en el caso «Odyssey». «Lo que decidamos sobre el Galeón San José va a afectar al resto de los galeones hundidos en aguas de todo el mundo».

El Convenio de la Unesco

La gran diferencia entre el caso de la fragata Las Mercedes y el galeón San José es su ubicación: mientras Las Mercedes yace cerca de las playas del sur de España, el San José reposa bajo el océano a unos 8.000 kilómetros de distancia de la costa española. La opinión pública, europea y americana, hasta hace pocos años, consideraba el patrimonio subacuático como «tesoros ocultos» en estos casos y aceptaba que vinieran a pertenecer a quiénes los encontraban, pero desde 1985 con la Ley de Patrimonio Histórico y la Convención de la Unesco sobre el Patrimonio Subacuático se declaró estos pecios como un bien de interés general de las sociedades, los Estados, las Naciones y la Humanidad entera. La Convención enuncia principios tales como que el patrimonio acuático no será objeto de explotación comercial y, muy especialmente, la preferencia por la conservación «in situ» de este tipo de restos arqueológicos, y desde luego respeta el principio de inmunidad soberana de los buques de guerra.

En primera instancia, el Gobierno se ha remitido a esta Convención (aunque Colombia no lo firmó) para respaldar sus reclamaciones, que en ningún caso pasarían por comercializar este tesoro, puesto que lo prohíbe expresamente la ley española. El papel español iría encaminado a preservar esos restos arqueológicos en las mejores condiciones. «No sé por qué el Gobierno se ha remitido únicamente a la Convención de la Unesco, que ciertamente se debe apelar, porque a la opinión pública colombiana este argumento no le va a resultar convincente», considera Lancho, que propone no precipitarse y esperar antes de «prejuzgar» o «criticar definitivamente» la actuación colombiana. En este sentido, Colombia no suscribió la Convención de la Unesco pero si ha asimilado otras leyes internacionales del mar que darían pie a respetar la inmunidad soberana y «ha interiorizado el contenido jurídico de la convención». «Colombia no puede sostener desde su propio derecho que no respeta el principio de inmunidad soberana», apunta Lancho.

La principal amenaza a las reclamaciones españolas, no en vano, está en la ley para extraer el patrimonio sumergido, que el Congreso de este país aprobó en 2013 a raíz de un litigio a propósito también del galeón San José. Durante más de 30 años, la empresa norteamericana Sea Search Armada (SSA) reclamó al Estado colombiano derechos sobre el tesoro del galeón San José, que afirmaron haber hallado en 1982. La empresa pidió en vano recibir el 50% de los bienes que no fueran considerados patrimonio. El pleito finalizó en 2013, cuando la Corte de Apelaciones del Distrito de Columbia ratificó el fallo a favor de Colombia. Ese mismo año, el Congreso aprobó una ley para extraer el patrimonio sumergido que plantea condiciones exactamente iguales a las que exigió la empresa cazatesoros durante tres décadas. La legislación fue duramente criticada por expertos internacionales como el director de Patrimonio Mundial de la Unesco, Francesco Bandarin, o la presidenta del Congreso Mundial de Arqueología, Claire Smith, pese a lo cual fue aprobada con 54 votos a favor y 9 en contra.

El obstáculo de la ley colombiana de 2013

La Ley de Patrimonio Sumergido permite al Estado, a través del Ministerio de Cultura, contratar a compañías privadas para que realicen la exploración y extracción de embarcaciones hundidas, que aparentemente es lo que está ocurriendo ahora con la búsqueda del San José, donde una empresa permanece todavía en el anonimato. El marco jurídico determina que la empresa contratada para rescatar los tesoros sumergidos puede quedarse con la mitad de lo extraído que no sea considerado patrimonio.

Este punto es el que más dudas plantea y más peligroso resulta en términos científicos: ¿Qué se considera patrimonio sumergido y qué no? Para el Gobierno, solo aquellos bienes que sean representativos o únicos son patrimoniales. Por el contrario, aquellos que hayan sido producidos en serie o no tengan un valor cultural pueden comercializarse. Así, lingotes de oro, perlas, piedras preciosas y semipreciosas en estado bruto, y monedas pueden incluirse en el pago a la empresa contratada para el rescate.

Por otra parte, el enorme tesoro que se le imagina en las tripas del barco ha hecho pasar a un segundo plano que el San José fue, además, la sepultura de cerca de 600 marineros españoles. En una batalla que se prolongó dos días, cerca de la isla de Barú, el San José se fue a pique después de recibir cañonazos del buque inglés Expedition y con él se fueron al fondo del mar casi la totalidad de sus 600 marineros y pasajeros. Desde España se ha apelado a la significación moral que supone acceder a un yacimiento donde perecieron cientos de hombres.

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