Chiclana

Una ciudad en estado de revista

El Consistorio interpone medio centenar de órdenes de conservación en lo que va de año para velar por la imagen de la localidad

CHICLANA Actualizado: Guardar
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Fue en el Barroco cuando las ciudades se tomaron en serio aquello del paisaje, de construir edificios, torres, murallas y plazas pensando en la estética y la armonía para la vista y en la integración con el entorno. Sin embargo, aquello de la protección y la conservación era aún 'rara avis'. Un panorama bien distinto al de hoy en día en el que, aunque con deslices, los ayuntamientos velan por la conservación del paisaje de las ciudades. El objetivo es conseguir que la imagen de los edificios y parcelas sea la adecuada. Para ello, la Delegación de Urbanismo del Ayuntamiento de Chiclana se encarga de vigilar el estado de ornato de las fachadas y la salubridad de las parcelas a través de las órdenes de ejecución de conservación. En total, en lo que va de año el Consistorio ya ha interpuesto 47 órdenes de conservación. Mientras que 2013 acabó con 114 de estos trámites abiertos contra propietarios privados que no velaban por la conservación de sus propiedades.

Son los artículos 155 y 158 de la Ley Urbanística de Andalucía (LOUA) los que otorgan a los ayuntamientos la potestad de velar por el ornato de edificios aunque estos sean de propiedad privada. Habitualmente es en el centro de las ciudades donde se concentra buena parte de estas órdenes de ejecución, especialmente con requerimientos de obras de seguridad o adecentamiento de fachadas. Ése ha sido el caso de los antiguos Cines Bailén o edificio Plaza Mayor. En este último caso, los propietarios deberán arreglar los desperfectos surgidos en los bajos y las instalaciones de la electricidad en precario.

Esa es una de las casi cincuenta que ya ha tramitado el Ayuntamiento este año para obligar de oficio a ejecutar unas labores que deberían desarrollar los propietarios. Y es que, como establece la Ley son «los propietarios de terrenos, construcciones y edificios tienen el deber de mantenerlos en condiciones de seguridad, salubridad y ornato público, realizando los trabajos y obras precisos para conservarlos o rehabilitarlos, a fin de mantener en todo momento las condiciones requeridas para la habitabilidad o el uso efectivo».

El incumplimiento de esta obligación es el que lleva a la orden de ejecución, en primer lugar, y a distintas acciones destinadas a penalizar la infracción. Así, la horquilla es amplia, desde multas a la expropiación del inmueble, en caso de que la dejación sea continua y manifiesta. Concretamente, el Ayuntamiento de Chiclana puede imponer hasta 10 multas en el plazo de un mes que supongan el 10% del coste de la labor de conservación o adencentamiento requerida. A eso se suma la posibilidad de ejecutar los trabajos de forma subsidiaria para, posteriormente cargar los costes al propietarios. Dichos costes pueden ser más elevados mientras no superen la mitad del importe de lo que costaría levantar un edificio de volumetría similar que sustituyera al anterior.

En última instancia, el Ayuntamiento puede llegar a declarar la ruina del inmueble e incluso a expropiarlo si la dejación del propietario sigue su curso. Ese es el destino al que puede enfrentarse el propio edificio Plaza Mayor que podría regresar a manos municipales si la concesionaria de las oficinas no se hace cargo de su deber de conservación.