Economia

La vivienda del autónomo, protegida del embargo

El Gobierno dará la residencia a quienes compren deuda pública o vivienda por un alto importe

MADRID. Actualizado: Guardar
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Los autónomos tenían hasta ahora una espada de Damocles sobre sus cabezas: si la actividad va mal y no pueden pagar sus deudas responden hasta con su vivienda habitual. El anteproyecto de ley de emprendedores pone límites a esto creando la figura del emprendedor de responsabilidad limitada (ERL) de manera que no se podrá embargar la vivienda habitual si su valor no supera los 300.000 euros. ¿Y qué ocurre si el valor de la vivienda es mayor de esa cifra? En ese caso se procederá a hacer una anotación de embargo por la cuantía de la deuda sobre el valor de la vivienda que exceda a 300.000 euros, según fuentes consultadas. Supongamos una deuda de 100.000 euros y una casa cuyo valor es de 500.000 euros, se hará una anotación registral de salvaguarda de 300.000 euros y otra anotación de embargo por esos 100.000 euros, de forma que el emprendedor no podrá vender la casa sin hacer frente al pago de la deuda.

Para facilitar la segunda oportunidad, se establecen mecanismos que ayuden a la refinanciación de deudas una vez cerrado el negocio, así como quitas y aplazamientos en los procesos concursales. Se prevé un mecanismo de negociación extrajudicial que se realizará ante un registrador o un notario en el que se podrán pactar quitas de hasta el 25% de los créditos y esperas de hasta tres años, salvo en caso de créditos de Derecho Público (tributarios y a la Seguridad Social), donde solo permite el aplazamiento del pago.

Por otra parte, el Gobierno concederá el permiso de residencia a los extranjeros que compren viviendas por un importe superior a 500.000 euros y a los que compren deuda pública por encima de dos millones de euros. También a los que realicen una inversión económica significativa o destinada a proyectos empresariales considerados de interés general por la creación de puestos de trabajo o por su aportación a la innovación científica o tecnológica; a los profesionales altamente cualificados, al personal directivo de un proyecto empresarial de interés general, a los postgraduados de universidades y escuelas de negocio de reconocido prestigio y, en general, a los extranjeros que se desplacen a España en el marco de una relación laboral, profesional o por motivos de formación profesional, por una duración igual a la del traslado.

La norma reduce a la mitad la cuota de la base mínima de cotización a la Seguridad Social de los autónomos que también cotizan en otro régimen, por ejemplo, como trabajadores por cuenta ajena. Según ATA, existen 100.000 autónomos que pasarán a pagar 115 euros al mes hasta junio de 2015. A partir de esa fecha, abonarán únicamente el 25%, es decir, 60 euros.