Tribuna

Reforma constitucional, ¿para esto?

Uno se esperaba ver propuestas socialistas de reforma para la profundización democrática del Estado y consolidación del Estado social. Incluir en las constituciones el equilibrio presupuestario es parte de la ideología neoliberal

CATEDRÁTICO DE DERECHO CONSTITUCIONAL Actualizado: Guardar
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La Constitución en sus casi 33 años de vigencia sólo ha tenido una reforma, en 1992, como consecuencia de nuestra pertenencia a la Unión Europea, para incluir en el artículo 13 las palabras «y pasivo» (permitiendo las candidaturas de determinados extranjeros en las elecciones locales). Esto contrasta con lo que sucede en cualquier democracia occidental asentada, en donde la reforma constitucional, sin llegar a ser un suceso ordinario de la vida política, sí que tiene lugar, sin embargo, con bastante naturalidad. Este dato debería estar presente en el debate español, despejando así tanto miedo a la reforma constitucional.

Un elemento fundamental que ha de tenerse en cuenta es el de que las Constituciones inicialmente se elaboran en momentos de crisis del Estado, momentos que no suelen ser los más adecuados para acometer una tarea de esas proporciones. Esos defectos del momento conllevan la necesidad de que pasado un cierto tiempo se realicen reformas constitucionales, cuyo fin no es otro que modificar aquellos elementos que se han demostrado disfuncionales en el funcionamiento del Estado o que no reflejan la realidad de la sociedad que viven las nuevas generaciones. Si pasan los años y no hay reforma, es la interpretación del Tribunal Constitucional y de la comunidad jurídica, en general, la que ayuda a 'sobrellevar' esa Constitución intacta, pero llega un momento en que solo la reforma puede permitir una adecuación a los nuevos tiempos.

En 2004 el Gobierno socialista hizo un amago de intentar la reforma constitucional que no prosperó. Era una propuesta pertinente que afectaba a temas autonómicos (Senado, denominación oficial de las Comunidades Autónomas) para proceder al cierre del sistema desde el punto de vista territorial, junto a la eliminación de la preterición de las mujeres en el acceso al Trono y a la inclusión de la pertenencia de España a la Unión Europea. Abandonada aquella reforma, el presidente Rodríguez Zapatero ha anunciado otra este martes 23 de agosto, también por presiones exteriores y probablemente exitosa, que introduciría en nuestra Constitución la obligación de la estabilidad presupuestaria.

Uno se esperaba ver propuestas socialistas de reforma constitucional en el sentido de la profundización democrática del Estado (reforma electoral, convocatoria de referendos, auténtica iniciativa legislativa popular) y de consolidación del Estado social, como puede ser la reserva de cuotas mínimas del presupuesto estatal a cada una de las partidas de gasto vinculadas a los derechos sociales (educación, sanidad, promoción del empleo, seguridad social, vivienda, etc.), de forma que pudiera declararse la inconstitucionalidad de las leyes presupuestarias que no respetaran tales cuotas. Sin embargo, se propone la elevación a rango constitucional del equilibrio presupuestario, ya establecido legalmente en época de José María Aznar (Ley 18/2001, de 12 de diciembre, General de Estabilidad Presupuestaria), y que nos retrotrae a la defensa en 1905 del «santo temor al déficit» de don José Echegaray, premio Nobel de Literatura y ministro de Hacienda.

Hay que recordar que la propuesta de incluir en las constituciones el equilibrio presupuestario es parte de la ideología neoliberal que se asienta con la presidencia conservadora de Ronald Reagan (1981-1989) en EE UU, y con el objetivo de acometer los procesos de privatización, desregulación y recorte de servicios públicos. Precisamente, en las elecciones al Congreso de 1994, la ola de voto republicano (la 'revolución conservadora') tenía como promesa estrella de su plataforma la enmienda constitucional para garantizar el déficit cero, que, finalmente, no salió adelante. Ahora, son los gobiernos conservadores alemán y francés los que alientan la iniciativa.

Es este el sustento sobre el que se asienta la propuesta de reforma constitucional anunciada por el presidente Rodríguez Zapatero y que consolida el fin de los programas económicos de corte keynesiano y la reducción de los gastos de consumo social (educación, seguridad social, asistencia social), posible por la ausencia de garantías jurídicas en la Constitución de 1978 para la mayoría de los derechos sociales, a diferencia de los civiles y políticos. En la situación económica actual, la consagración constitucional del equilibrio presupuestario puede ser, además, disfuncional si en un momento determinado es necesaria una política de gasto público para estimular el crecimiento económico.

La reforma constitucional se tramitará por la vía del art. 167 de la Constitución, que exige una mayoría de tres quintos en el Congreso y en el Senado, al alcance de la unión de socialistas y populares. En el momento en que las dos Cámaras aprueben la reforma se abre un plazo de quince días para que la décima parte del Congreso (35 diputados) o del Senado (27 senadores) soliciten la convocatoria de un referéndum. En lugar de promesas electorales, los socialistas tienen una oportunidad de oro para demostrar que están a favor de una democracia participativa firmando esa convocatoria referendaria.