El procedimiento se ha alargado durante años por la falta de acuerdo entre las partes implicadas en el conflicto. :: NURIA REINA
CÁDIZ

La Justicia da la razón al hotel Cádiz Plaza en el conflicto con los vecinos del edificio Miramar

La comunidad de propietarios de Glorieta Ingeniero La Cierva pidió el derribo de los balcones y ventanas que dan al Paseo Marítimo

CÁDIZ. Actualizado: Guardar
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Los propietarios del Hotel Spa Cádiz Plaza ya pueden estar tranquilos. Una sentencia del Tribunal Supremo les ha dado la razón de forma definitiva en el pleito que desde hace más de cinco años mantenían con la comunidad de vecinos Glorieta Ingeniero La Cierva del edificio Miramar, ubicado junto al establecimiento, y por el que se les obligaba a derribar los balcones y tapiar las ventanas del hotel que dan al frente del Paseo Marítimo.

El procedimiento, que se ha prolongado durante años por la falta de acuerdo entre las partes, comenzó con la denuncia presentada por los vecinos del inmueble, que argumentaban que los voladizos de las plantas segunda, tercera, cuarta y quinta estaban construidos sobre un espacio que no era de dominio público sino de la comunidad. Esta tesis ha sido rechazada desde un primer momento por los responsables del hotel, que aseguraban que el terreno pertenecía al Ayuntamiento y era de dominio público. Por lo tanto, consideran que podían llevar a cabo esta actuación.

En un primer momento, la Audiencia Provincial de Cádiz falló a favor de los vecinos y solicitó la ejecución de la sentencia, que además obligaba a la parte demandada a hacer frente a las costas del juicio, que por entonces superaban los 120.000 euros. Sin embargo, el hotel no estaba dispuesto a acatar el dictamen y recurrió ante la Audiencia, que en esta ocasión falló a su favor.

Ahora, más de cinco años después, la Justicia da la razón a la empresa hotelera sin que exista posibilidad de recurso. Según la sentencia, «el terreno en litigio no es propiedad de la demandante, fundamentalmente porque aparece como de dominio público en los planos del Plan General de Ordenación Urbana de Cádiz y, en consecuencia ha de considerarse vinculado a su destino urbanístico sin que sobre é puedan ejecutar derechos derivados de su titularidad los particulares».

Además, en el fallo se deja claro que el terreno que provocó el litigio, según la normativa urbanística de la zona, estaba destinada al uso público, por lo que las dimensiones de los balcones y las ventanas no acarreaban problemas para seguir manteniendo dicho uso.

El juez de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo también condena a la comunidad de propietarios del Edificio Miramar a hacer frente a las costas de los juicios, que aunque no aparece reflejada en la sentencia, la parte demandad afirma que podrían alcanzar los 300.000 euros.

Este establecimiento hotelero se ha convertido en un referente turístico en la capital tras su apertura en 2007 con 150 plazas hoteleras. El antiguo hostal Imar se ha convertido en un flamante hotel de tres estrellas. El nuevo establecimiento se encuentra en la Glorieta Ingeniero de la Cierva y cuenta con 48 habitaciones, 13 apartamentos turísticos y dos suites, además de un spa en el que se podrá disfrutar, además de los recorridos de agua y masajes, de cápsulas de oxígeno, un tratamiento exclusivo en la capital.