Sociedad

EL ABC DE LA LEY SINDE

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La rebelión ciudadana ha frustrado la 'ley Sinde' contra las descargas con el rechazo del Congreso. El Gobierno cambia de actitud y desde la propia Moncloa busca un consenso para garantizar los derechos de los autores sin limitar los de los ciudadanos. El proyecto del Ministerio de Cultura para convertirse en vigilante de la propiedad intelectual no satisface a nadie, amenaza derechos de todos y es ineficaz para solucionar los problemas del mercado del entretenimiento digital. ¿Por qué?

La ley no detendrá las descargas. Son un hábito de consumo y un negocio para algunos, pero compartir es la esencia y está en la arquitectura original de Internet. Como ha ocurrido los últimos años, cuando se persigue o cierra una forma de compartir contenidos, otra lo sustituye.

Enlazar es libre. Los enlaces no son el contenido ni la copia, son información protegida por la Constitución y la Declaración de Derechos Humanos. Doctrina asumida y repetida por los jueces.

Compartir es legal. Los enlaces no son ilegales y los usuarios pagan el canon digital para compensar la copia privada. Nada impide disfrutar en compañía de los contenidos -como se hace con las copias físicas- si no hay lucro ni comunicación pública. Así lo reflejan las sentencias contra el P2P en España. Las webs que almacenan y distribuyen contenidos ajenos sin permiso ya son perseguidas y cerradas judicialmente. Como han pedido varios grupos parlamentarios, lo mejor sería especializar juzgados y agilizar el proceso sin crear otro nuevo.

Sin garantías. El Consejo de Estado duda, como muchos abogados y ciudadanos, de la legalidad de una Comisión de Propiedad Intelectual dentro de Cultura con poder para cerrar webs con un proceso ultrarrápido de cuatro días y autorizado por lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional. El juez no entra en el fondo del asunto, solo autoriza o deniega las medidas punitivas adoptadas por Cultura. El proceso traslada a un órgano administrativo un ilícito civil. No existen limitaciones para las denuncias abusivas, no hay protección contra las falsas y al ser parte la Administración los demandantes ni siquiera asumen las costas.

Una comisión dominada por demandantes. El anteproyecto no aclara quiénes formarán la comisión ni garantiza su independencia.

Perseguir sin causa. El proyecto permite sancionar por «lucro indirecto, o que haya causado o sea susceptible de causar un daño patrimonial». El Consejo de Estado y el del Poder Judicial han señalado que no se pueden perseguir intenciones, solo hechos. No está claro a quién y por qué se perseguirá.

La copia y la propiedad ya no importan. El acceso a los contenidos por 'streaming' -sin descargas-, bajo demanda (vídeo o música), con aplicaciones en los móviles y navegadores, y en conexión permanente están reduciendo las descargas. Una nueva forma de consumo sustituye a la copia. Las licencias de uso son más necesarias que las de compra o alquiler.

Sin más dominio público. Cultura tampoco se preocupa de aumentar el dominio público y el acceso de los ciudadanos a los contenidos. Por ejemplo con licencias para la difusión no comercial o en medios públicos de lo subvencionado con dinero de todos.

La ley no impulsa los nuevos modelos de propiedad intelectual y licencias necesarios para el mercado de contenidos digitales. Países como Gran Bretaña, Holanda, Alemania o Noruega estudian eliminar las barreras a los nuevos negocios creados por la industria y las sociedades de gestión de los derechos de autor. Se analizan tasas sobre los proveedores de Internet, tarifas planas para los contenidos o nuevos sistemas de licencias más flexibles y abiertas. Reflexiones aparcadas por Cultura y que tímidamente surgen tras el fracaso de la ley, como en la reunión convocada el jueves por el presidente de la Academia del Cine, Álex de la Iglesia.

La Comisión Europea promueve un mercado único de contenidos y la recuperación para el dominio público de las obras huérfanas, de las que no se conoce a los dueños. Pero también, como la Comisión de la Competencia en España y otros países europeos, una reforma de las sociedades de gestión colectiva de derechos para garantizar la transparencia y evitar que el 75% de los derechos de la música de la SGAE queden en manos del 1,7% de sus socios, como ocurre ahora.