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Facua llama a la insumisión de los madrileños en el euro por receta

Defensa de la Sanidad Pública solicita a la Fiscalía paralizar la medida basándose en la "ausencia de competencias" de la Comunidad para establecer una tasa sobre los medicamentos

MADRID Actualizado: Guardar
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La federación de consumidores Facua-Consumidores en Acción ha instado este miércoles a los usuarios madrileños a no pagar la tasa de un euro por receta que deben abonar, salvo las excepciones previstas por ley, los pacientes con recetas prescritas a partir del 1 de enero.

El portavoz de Facua-Consumidores en Acción, Rubén Sánchez, ha indicado que Facua considera esta tasa "inaceptable" y ha recomendado a los consumidores que en el momento de la dispensación del medicamento, en lugar de realizar el abono, entreguen una carta al farmacéutico con sus datos personales en la que planteen el rechazo a la tasa y su negativa a pagarla.

En ese momento, ha añadido, sería la administración la que debería ponerse en contacto con el ciudadanos para "reclamar si quiere". Sánchez ha explicado que esta "insumisión fiscal" no va en contra de las farmacias, que "no tienen que ser recaudadoras de impuestos", sino contra la tasa.

"Entendemos que esta medida es un repago más, un atentado contra el sistema público de salud tal y como lo venimos conociendo", ha referido Sánchez, que ha insistido en que el consumidor "no debe pagar" una tasa "recaudatoria" que "penaliza la enfermedad".

Reclamaciones

Por su parte, la Asociación para la Defensa de la Sanidad Pública (ADSP) presentará este miércoles una reclamación a la Defensora del Pueblo y la Fiscalía General del Estado para solicitar la paralización de la aplicación de la tasa de un euro por receta, que se aplicará en la Comunidad de Madrid a partir de este martes. La solicitud se basa en la "ausencia de competencias" de la Comunidad para poder establecer una tasa sobre las recetas de medicamentos financiados por el Sistema Nacional de Salud, de acuerdo con varias leyes. El mismo escrito ya fue registrado el pasado 31 de diciembre en la sede del Ministerio de Sanidad.

Entre ellas, ADSP se ha referido a los artículos 14, 139.1 y 149.1 de la Constitución Española; los artículos 3.2 y 10.14 de la Ley General de Sanidad; los artículos 4, 5, 16 y 30 de la Ley de Cohesión y Calidad del Sistema Nacional de Salud; y el Real Decreto 1030/2006 por el que se establece la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud.

Además, la Asociación se ha referido también al dictamen del Consejo de Estado de 21 de junio de 2012, que a su criterio apreciaba signos de "inconstitucionalidad de esta tasa que se aplica en Cataluña, así como la resolución del Consejo de Ministros de 14 de diciembre de 2012 acordando interponer recurso contra esta misma tasa en Cataluña".

La ADSP de Madrid entiende que esta tasa, "aparte de ser ilegal por invadir competencias exclusivas del estado, impide que el acceso a las prestaciones sanitarias, en este caso las farmacéuticas, se realicen en condiciones de igualdad efectiva, y supone una discriminación a los ciudadanos a los que se dispensa recetas de la prestación farmacéutica de la Seguridad Social en Madrid".

La Asociación ha indicado que los organismos a los que ha recurrido "deberían de realizar de inmediato las acciones oportunas para paralizar la aplicación de esta tasa en Madrid, al menos hasta que se produzca la resolución del recurso presentado ante el Tribunal Constitucional".