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Aena indemniza a un pasajero por la huelga de controladores

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Aena indemniza a un pasajero por la huelga de controladores

El juez ha resuelto el caso a favor del cliente y contra un fallo anterior que desestimaba la reclamación contra la compañía

19.07.12 - 18:05 -
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Aena indemniza a un pasajero por la huelga de controladores
Miles de pasajeros se quedaron 'varados' en aerupuertos de toda España. / Archivo
La Audiencia Nacional ha condenado a Aena a indemnizar con 290 euros a un pasajero afectado por el cierre del espacio aéreo español en 2010 por la huelga de los controladores aéreos y ha reconocido que la responsabilidad patrimonial sólo y exclusivamente puede exigirse al gestor aeroportuario. Por ello, ha estimado parcialmente el recurso que presentó el pasajero, al que se le canceló un vuelo Ibiza-Madrid, contra un fallo anterior que desestimaba la reclamación por responsabilidad patrimonial interpuesta frente a la compañía.
El escrito contra el que no cabe recurso, considera que los controladores "en ningún caso son un elemento extraño a la entidad demandada", Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea (Aena). Ha añadido además que ni las actuaciones u omisiones de los controladores en relación con la prestación del servicio pueden considerarse ajenas al ámbito decisorio o las facultades de actuación o responsabilidad del gestor aeroportuario.
La sentencia ha afirmado que no puede acogerse la concurrencia de fuerza mayor como causa de exoneración de la responsabilidad de la Administración, ya que desde antiguo el Tribunal Supremo viene exigiendo dos requisitos, que son la inevitabilidad y la ajenidad. "En ningún caso puede considerarse que los empleados de la administración sean un elemento ajeno al servicio que presta esa administración", añade el fallo, que anula la resolución recurrida por el viajero.
Miles de afectados por la huelga
El año pasado, la Audiencia Nacional dictó una sentencia en el sentido contrario al eximir a Aena de indemnizar a un pasajero por el cierre del espacio aéreo declarado entre los días 3 y 4 de diciembre de 2010, al inicio del puente de la Constitución por la huelga de los controladores, que afectó a más de 600.000 personas. El recurrente, al que se le canceló un vuelo de Ibiza a Madrid el 4 de diciembre, reclamaba una cantidad de 3.740 euros, que el tribunal reduce a 290 euros.
Sin negar un nexo causal preciso y directo entre la no prestación del servicio de navegación aérea como consecuencia de la inasistencia de los controladores a sus puestos o su negativa a cumplir sus funciones y los daños sufridos por el demandante, el fallo afirma que "la responsabilidad patrimonial sólo y exclusivamente puede exigirse a Aena". Según fuentes próximas al proceso, el mismo juzgado ha dictado otras dos sentencias contrarias a Aena, mientras que el Juzgado Central de lo Contencioso Administrativo número 1 ha emitido dos fallos que eximen de responsabilidad al gestor aeroportuario.
Los controladores aéreos abandonaron sus puestos de trabajo el 3 de diciembre después de que el Gobierno aprobara una nueva regulación de sus horarios laborales y la privatización parcial de la gestión de los aeropuertos. Para acabar con el caos causado, el Ejecutivo decretó el 'estado de alarma', medida contemplada en la Constitución para circunstancias extraordinarias que incluyen, además de catástrofes, calamidades, crisis sanitarias o desabastecimiento, la paralización de servicios públicos.
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