Jose Ortega Cano con su hijo José Fernando en los juzgados de Madrid
Jose Ortega Cano con su hijo José Fernando en los juzgados de Madrid - GJB

La Audiencia de Cádiz confirma la condena de un año de prisión para el hijo de Ortega Cano

La Sección Tercera le impone esta pena por quebrantar en dos ocasiones la orden de alejamiento que tiene de su pareja

Cádiz Actualizado: Guardar
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La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Cádiz ha confirmado la pena de un año de prisión que le impuso el Juzgado de lo Penal número 2 de Jerez al hijo de Ortega Cano por quebrantar la orden de alejamiento que tiene de su pareja. José Fernando Ortega Mohedano había sido condenado a sendas penas de seis meses por infringir dos veces seguidas la orden judicial.

El hijo adoptivo de Ortega Cano y Rocío Jurado fue juzgado el pasado mes de marzo en Jerez después de que se le detuviera por no cumplir el alejamiento que tenía dictado de su pareja María Jesús Rodríguez Gamaza, Michu, que fue dictada de oficio después de que José Fernando la agrediera en la vía pública dentro de un coche.

Una vecina avisó a la Policía y se inició de oficio el expediente judicial que decretó la orden de alejamiento.

Esta medida cautelar fue la que el hijo del torero quebrantó en dos ocasiones y por lo que fue juzgado. En enero fue detenido tras intentar huir cuando la Guardia Civil lo descubrió con su pareja en un aparcamiento de Arcos, y en febrero, se le arrestó en otras dos ocasiones por acudir a visitar a Michu al hospital de Jerez, donde ella, embarazada, había ingresado por un problema cardíaco.

Tras ser condenado por el Juzgado de lo Penal número 2 de Jerez su defensa recurrió ante la Audiencia Provincial de Cádiz y, ahora, la Sección Tercera ha confirmado la pena impuesta. En esta ocasión, el tribunal ha tenido en cuenta el atenuante de consentimiento de la víctima, una figura que ya no se contempla en el Código Penal pero sobre la que sí existe jurisprudencia. Aun así, este atenuante no ha disminuido la condena debido a que ya se le había impuesto la pena mínima, seis meses por cada uno de los delitos.

Por otro lado, la Sala no ha contemplado ninguno de los otros dos atenuantes solicitados en el recurso: la obcecación y la alcoholemia y/o drogadicción. En el primero de ellos, la Audiencia sigue el argumento del Juzgado de lo Penal y descarta que José Fernando actuara bajo un arrebato pasional ya que no considera probado que la vida de ‘Michu’ corriera peligro, tal y como mantenía su defensa. Y en cuanto a que actuara bajo los efectos del alcohol o las drogas, el tribunal cree que aunque el procesado tenga un cuadro de consumo de larga evolución no ha quedado tampoco acreditado que, según los testimonios de los testigos y las pruebas practicadas, quebrantara el alejamiento bebido o drogado.

Esta condena podría llevar de nuevo a José Fernando a prisión. Cabe recordar que el hijo de Ortega Cano ya fue condenado en 2014 a un año y nueve meses por el robo de un coche en Sevilla. Entonces no fue a la cárcel porque se suspendió la condena al ser inferior a dos años y no contar con antecedentes. Ahora, tras esta nueva sentencia en contra, dictada contra el acusado tras cometer un delito en el período de suspensión, esa condena puede ser revocada y sumada a esta última.

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