ordenación urbana

El 90% de los municipios de la provincia cuenta ya con planeamiento urbanístico

La Junta asegura que Cádiz es una de las queha logrado un mayor cumplimiento de la legalidad tras un pasado cuajado de irregularidades

J. a. CAÑAS
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A ver quién le ponía el cascabel al gato. Quién era capaz de ponerle puertas al campo y determinar en un planeamiento el urbanismo de un municipio que nunca había estado regulado de forma eficiente. Ése ha sido uno «de los objetivos más importantes» de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio. Al menos así lo admiten desde la Delegación gaditana, empeñada en que todos los municipios de la provincia cuenten con algún instrumento de planeamiento general y que los mismos se encuentren adaptados a las disposiciones de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía, conocida como LOUA. De entrada, el esfuerzo ha llevado a que ya el 90% de los municipios de la provincia cuente con algún tipo de planeamiento o regulación que implica estar adaptados a la LOUA.

De hecho, según resaltan desde la Delegación, «la provincia de Cádiz es una de las que tiene mayor grado de cumplimiento de toda Andalucía».

Según datos aportados por la institución, en la provincia de Cádiz, todos los municipios cuentan con alguna figura de planeamiento general. Así, por cifras desglosadas, un total de 11 municipios ya cuentan con Planes Generales de Ordenación Urbana (PGOU) adaptados a la LOUA por la vía de la revisión. En cualquier caso, el grueso de localidades cuentan con un PGOU o unas normas sustantivas adaptadas parcialmente a la LOUA. Así, en esta forma, son un total de 30 ayuntamientos los que han optado por esta vía de adaptarse a la Ley andaluza. En total, son 40 los municipios que ya tienen al día su ordenación urbanística en una provincia en la que existen multitud de viviendas que, en su día, se levantaron al margen del urbanismo y la legalidad. Precisamente por ello, se hacía especialmente necesario llevar a todas las localidades a un control para evitar la proliferación de nuevas construcciones ilegales. De hecho, la creación de la LOUA y su adaptación, sumado a los propios efectos de la crisis, llevó a un frenazo en seco a la construcción de nuevas viviendas en esta situación.

La otra cara

En la otra cara, aún existen municipios en la provincia que aún no se encuentran adaptados a la LOUA. Sin embargo, todos tienen en trámite alguno de los procedimientos para hacerlo, bien por revisión, o por adaptación parcial. Ese es el destacado caso de Chiclana, atascada desde hace años en sacar adelante un PGOU y con sus Normas Sustantivas a punto de caducar. También es el caso de Setenil y Prado del Rey.

Sin embargo, la existencia de viviendas irregulares ya construidas ha obligado a crear una figura legal exclusiva para hacer posible su ordenación por una vía que la LOUA hacía complicada. Fue el Decreto 2/2012 del 10 de enero el que se creó para dar solución a casas construidas en el extrarradio de diversas localidades como Chiclana o Conil. Así, en la provincia, ocho municipios han completado los trámites necesarios para el desarrollo del citado decreto para regular viviendas ilegales: Arcos, Chipiona, Medina, Olvera, Sanlúcar, Tarifa, Conil, Vejer y Chiclana. Por otra parte, seis localidades han adoptado acuerdo sobre lo innecesario de tramitar este documento, ya sea porque en su municipio no existen asentamiento urbanísticos, o bien porque cuentan con un PGOU reciente que contiene la delimitación, como fue el caso de El Gastor, Jerez, Puerto Real, Trebujena, Ubrique y Benalup.

De hecho, el Decreto se estableció como una primera fase de tramitación cuyo impulso correspondía a los ayuntamientos. Por ello, es fundamental que los municipios realicen un diagnóstico exhaustivo de la situación real de su territorio y en base al mismo establezcan la estrategia más adecuada para resolver el problema, como recuerdan desde la Delegación gaditana. Es decir que para que el Decreto despliegue todos sus efectos, los municipios tienen que definir qué viviendas irregulares se encuadran en los asentamientos urbanísticos, con qué hábitats rurales diseminados cuentan y por último, cuáles son las edificaciones aisladas cuyas reconducción debe venir de la mano de la declaración de asimilado a fuera de ordenación (AFO).

Las viviendas irregulares 

Tal y como recuerda la Junta pueden acogerse a los AFO «aquellas obras, instalaciones o edificaciones para las que han cumplido los plazos para poner en marcha medidas de protección y restauración de la legalidad urbanística». En definitiva, situaciones en las que no se puede restaurar el orden jurídico perturbado y en las que no es posible, ni legal ni materialmente, llevar a cabo actuaciones de demolición. De esta forma, se buscaba cubrir el vacío legal que dejó a miles de viviendas en un limbo administrativo que resulta especialmente destacado en localidades como Chiclana.

Además, la declaración tiene el principal beneficio de que hace posible a las edificaciones el acceso a suministros básicos. Esta figura permite que la Administración pueda imponer a los propietarios medidas compensatorias, así como acceder al registro de la propiedad con la consiguiente seguridad jurídica.

En la cara negativa, las voces críticas no se muestran conformes con la forma en la que la construcción queda reconocida o la viabilidad de modificar la edificación en los próximos años. Además, el hecho de que los ayuntamientos sean los que tengan la última palabra en su aplicación hace que la salida de muchas viviendas irregulares esté atada a la interpretación o aplicación de la norma que haya el propio Consistorio. De hecho, en localidades como en Chiclana, el anterior gobierno decidió no acoger mayoritariamente a las viviendas irregulares en este modelo y hacerlo bajo un PGOU sobre el que ahora planea la duda de su implantación o su reformulación desde cero con el nuevo Ejecutivo socialista.

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