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La Audiencia de Cádiz sigue acordando derribos de viviendas ilegales

Un vecino de Conil tendrá que tirar su casa que construyó en suelo de especial protección y pese a ser advertido por la Policía

silvia tubio
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Las sentencias que acuerdan el derribo de viviendas ilegales aún no son materia del pasado, pese a los procesos de regulación masivos que desde el Gobierno regional y los ayuntamientos han impulsado.

La Justicia sigue castigando a los propietarios que construyeron violando las normas urbanísticas de sus municipios y aunque se traten de asuntos antiguos, que nacieron antes de la aprobación de nuevos PGOUs o de la última reforma de la ley andaluza de ordenación del territorio (LOUA) de 2012, están desembocando en la decisión más temida por los dueños: el derribo de sus inmuebles.

El último caso revisado por la Audiencia Provincial de Cádiz a raíz de un recurso de la Fiscalía ha acabado con la condena a un año de cárcel, multa de 2.190 euros y la demolición de la casa del procesado.

Se trata de un vecino de Conil, que en 2008 derribó su vivienda, ubicada en una zona de especial protección agrícola clasificada como monte público (carril de Los Moreno), para reconstruirse un inmueble de cien metros cuadrados.

Según consta en la sentencia, al inicio de las obras fue advertido verbalmente por la Policía Local de que debía paralizar los trabajos por infracción urbanística. Le notificaron también el decreto del Ayuntamiento por el cual se le abría un expediente. Sin embargo, el acusado hizo caso omiso y siguió con la edificación hasta completarla.

En primera instancia, el juzgado de lo Penal nº 3 lo absolvió. Pero la Fiscalía recurrió solicitando una condena por delito contra la ordenación del territorio y desobediencia. Finalmente, el tribunal de la Sección Cuarta ha estimado el primero, confirmando la absolución del segundo.

Los magistrados desestiman la versión del condenado, quien alegó que desconocía que debía solicitar un permiso municipal para unas obras que él defendía que sólo se trataban de una mera reforma.

El tribunal subraya que existe una profusa información sobre esta materia a través de los medios de comunicación para alegar desconocimiento y que las obras no pueden considerarse una simple restauración: «El derribo conlleva la desaparición de lo que antes ocupaba el suelo».

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