Luciano Alonso, en la presentación de un festival flamenco en Nimes
Luciano Alonso, en la presentación de un festival flamenco en Nimes - EFE
CORRUPCIÓN

El TSJA investiga al exconsejero Luciano Alonso por el exdirector «fantasma» del Centro de Flamenco

El tribunal andaluz acusa al actual diputado del PSOE y al exdirectivo de prevaricación y malversación de fondos públicos tras la querella de la Fiscalía

SEVILLA Actualizado: Guardar
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La Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha abierto una investigación contra el ex consejero de Educación, Cultura y Deporte de la Junta de Andalucía hasta el pasado 18 de junio, Luciano Alonso, y contra el que fuera director del Centro Andaluz de Flamenco, Luis Guerrero, quien reconoció que no sabía que había estado tres años cobrando de este cargo que ocupaba de forma ficticia.

El TSJA se ha declarado competente para investigar a ambos tras la querella presentada por la Fiscalía Superior de Andalucía por supuesto delito de prevaricación administrativa como medio de cometer otro de malversación de caudales públicos, ambos con carácter continuado.

Alonso es actualmente diputado del PSOE en el Parlamento de Andalucía (encabezó la lista de este partido por Málaga en las pasadas elecciones autonómicas) y fue consejero en los gobiernos de José Antonio Griñán y Susana Díaz.

El auto señala que los hechos investigados por la Fiscalía Superior de Andalucía podrían ser constitutivos de supuestas infracciones penales a delimitar y concretar en el curso de la investigación.

En este sentido, explica que consta en la documentación que en el mes de julio de 2012, «el querellado D. Luis Guerrero Jiménez, afiliado al Partido Socialista Obrero Español de Málaga y miembro de su ejecutiva, cesó del puesto que ocupaba como personal eventual en la Diputación de Málaga, momento en que el también querellado D. Luciano Alonso Alonso, en aquel momento consejero de Educación, Cultura y Deporte de la Junta de Andalucía, decidió nombrarle Director del Centro Andaluz del Flamenco con sede en Jerez de la Frontera a sabiendas de que el designado con carácter eventual en ningún caso iba a desempeñar el cargo designado».

El TSJA justifica «la decisión de incoar diligencias previas» en una valoración prima facie de lo expuesto en la denuncia o querella permita entender o no que los hechos en ella expuestos tengan, por sí mismos, relevancia penal y resulten verosímiles». Así, reitera que «la "verosimilitud" comporta un grado de convicción inferior a la constatación de indicios racionales de culpabilidad y que por tanto deja intacta la presunción de inocencia, pues únicamente determina que el órgano judicial deba realizar diligencias de investigación que conduzcan a valorar si la conducta descrita deberá ser enjuiciada».

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