TRIBUNALES

La juez reclama al PP que concrete qué «defectos» ha hallado en «todas» las grabaciones de la formación

Achaca a la labor del letrado de la Administración de Justicia los posibles errores entre los audios y las actas

SEVILLA Actualizado: Guardar
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La juez María Núñez Bolaños ha reclamado a la acusación popular que ejerce el PP-A en el caso de las irregularidades en los cursos de formación que indique los «defectos» o «deficiencias» que ha localizado en «todas» las grabaciones de audio que le han sido entregadas de las declaraciones celebradas en esta 'macrocausa', «con indicación del defecto concreto y minuto en el que se produce».

En un auto fechado el día 15 de julio, al que ha tenido acceso Europa Press, la magistrada de Instrucción número 6 de Sevilla responde así al escrito en el que el PP-A ponía de manifiesto que dichas grabaciones de audio «son defectuosas, incompletas y contrarias al texto de las actas que se han entregado de las declaraciones».

Por ello, el PP-A solicitó a la juez instructora que le hiciera entrega de una copia de las grabaciones audiovisuales originales de las declaraciones «celebradas hasta la fecha» en la causa de los cursos de formación.

Pues bien, la magistrada señala en primer lugar que, de conformidad con el artículo 454 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y los artículos 145 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil, las actuaciones procesales que no consistan en escritos y documentos se documentarán por medio de actas y diligencias.

De este modo, añade que, «cuando se utilicen medios técnicos de grabación o reproducción», el letrado de la Administración de Justicia -antiguamente secretario judicial- «garantizará la autenticidad de lo grabado o reproducido, siendo pues el responsable tanto de la grabación como de las copias que se entreguen a las partes».

«La grabación constituye el acta de documentación de la actuación procesal y se prohíbe su transcripción», según el artículo 147 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, que establece que «las actuaciones orales en vistas, audiencias y comparecencias celebradas ante los jueces o magistrados o, en su caso, ante los secretarios judiciales, se registrarán en soporte apto para la grabación y reproducción del sonido y la imagen y no podrán transcribirse».

La juez agrega que, en su escrito, el PP-A alega «divergencias» entre la grabación y el acta escrita, señalando Núñez que «no existe transcripción alguna del acta realizada en este Juzgado, si bien, y por deferencia a las partes», la letrada de la Administración de Justicia «hace una sucinta relación de lo manifestado que carece de valor, siendo, sólo y exclusivamente, la grabación el acta de documentación de la actuación procesal».

«Al parecer todas» las grabaciones tienen fallos

La magistrada manifiesta que, en su escrito, la acusación popular del PP-A solicita una copia audiovisual de «todas» las grabaciones realizadas en la causa, pues «al parecer todas son defectuosas o incompletas».

A fin de comprobar la existencia de las «deficiencias» alegadas, y siendo la letrada de la Administración de Justicia «garante de la autenticidad de lo grabado o reproducido», la instructora requiere al PP-A para que «aporte todas las grabaciones entregadas en el soporte original, con indicación del defecto concreto y minuto en el que se produce».

Todo ello, explica la juez, a fin de que la letrada de la Administración de Justicia «proceda al cotejo con la grabación original que se conserva en el servicio de informática, Programa Arconte, y compruebe los defectos o deficiencias que indique la parte, dando cuenta de los mismos y su causa», tras lo que, «con su resultado, se acordará».

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