La Fiscalía pide un año y nueve meses de prisión al empresario que simuló besar a Teresa Rodríguez

Pide que le indemnice con 6.500 euros «por los perjuicios personales ocasionados»

Teresa Rodríguez y el empresario Manuel muñoz Medina ABC

ABC

La Fiscalía de Sevilla ha solicitado un año y nueve meses de cárcel para el empresario y exvocal de la Cámara de Comercio Manuel Muñoz Medina por los hechos ocurridos el 20 de diciembre de 2016 en la sede de la Cámara, cuando se dirigió a la coordinadora general de Podemos Andalucía, Teresa Rodríguez , y simuló besarla , todo ello «con la intención de menoscabar su dignidad como mujer».

En su escrito de acusación, al que ha tenido acceso Europa Press, el Ministerio Público pide para el acusado un año de prisión y el pago de una multa de 1.200 euros por un delito de atentado y nueve meses de cárcel por un delito contra la integridad moral.

Asimismo, la Fiscalía pide que el empresario indemnice con 6.500 euros a Teresa Rodríguez «por los perjuicios personales ocasionados».

El Ministerio Público relata en este escrito consultado por Europa Press que el 20 de diciembre de 2016 se celebró en la sede de la Cámara de Comercio de Sevilla un acto al que había sido invitada, entre otras autoridades, Teresa Rodríguez «en su condición de miembro del Parlamento de Andalucía por la formación Podemos Andalucía, de la que es portavoz».

Al hilo, relata en el escrito elevado al Juzgado de Instrucción número 11 de Sevilla que, al mismo tiempo, y tras haberse celebrado un pleno de la Cámara de Comercio, se ofrecía en la primera planta una copa para celebrar las fiestas navideñas .

La Fiscalía dice que, una vez terminado el acto al que la parlamentaria había acudido, y a instancias del presidente de la Cámara de Comercio, Francisco Herrero , Teresa Rodríguez fue invitada por la jefa de Protocolo a subir a aquella primera planta, «donde éste quería saludarla y mostrarle las dependencias y proyectos de la Cámara».

«Menoscabar su dignidad como mujer»

De este modo, la parlamentaria accedió a ello y, «tras intercambiar un saludo» con el presidente de la Cámara, accedió a su despacho, del que salió «de inmediato» para saludar a un vocal de la institución , momento en el que salió del lugar donde se servía la copa el acusado.

El Ministerio Público afirma que el acusado, «al saber que Teresa Rodríguez se encontraba allí, con la intención de menoscabar su dignidad como mujer y sabedor de su condición y de la actividad que desempeñaba, se dirigió a ella, rodeándola con su brazo derecho por la espalda, llegando a empujarla, mientras ponía la otra mano sobre la boca» de la parlamentaria, «besándose su propia mano, en lo que simulaba ser un beso en los labios » a Teresa Rodríguez.

La coordinadora de Podemos en Andalucía, «que en ese instante se encontraba» con Francisco Herrero y un vocal de la Cámara en el umbral de la puerta del despacho del primero, «no tuvo capacidad de reacción por lo inesperado de la situación, despidiéndose de estos para a continuación marcharse del lugar con la jefa de Protocolo, a la que de forma inmediata manifestó su malestar por lo sucedido».

Recientemente, la juez de Instrucción número 11 procesó al acusado al entender que los hechos podrían ser constitutivos de un delito de atentado, «dada la condición de autoridad pública de la víctima, el acto público al que acudía en tal condición y la acción de acometimiento sufrido por ésta», y/o bien de un delito contra la integridad moral.

La juez considera que los hechos podrían ser encuadrables en un delito contra la integridad moral «teniendo en cuenta la condición pública y género de la víctima, la ausencia de relación entre víctima e investigado y la conducta vejatoria desplegada por éste« en la Cámara de Comercio de Sevilla «sobre la víctima, y que incide sobre la dignidad de aquella».

En este sentido, rechazó que lo sucedido «responda a una broma, como pretende el investigado hacer creer», por cuanto «ni víctima ni investigado se conocían con anterioridad, ni consta hubieranmantenido una conversación dilatada y en tono de familiaridad previo aquél día que justificara la acción realizada, lo que impide considerar la misma como una broma de mal gusto».

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