El vicepresidente de la Junta, Manuel Jiménez Barrios, y el presidente del Consultivo, Juan Cano
El vicepresidente de la Junta, Manuel Jiménez Barrios, y el presidente del Consultivo, Juan Cano - EFE
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El Consultivo cita leyes de Massachusetts, Oregón y Washington para no limitar el mandato de Susana Díaz

El Consejo asume las tesis del PSOE con dos votos en contra, que alertan de un «fraude de ley» en el dictamen

SEVILLA Actualizado: Guardar
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En un dictamen sin precedentes, el Consejo Consultivo de Andalucía concluye que limitar a dos legislaturas el mandato de la presidenta de la Junta de Andalucía y de sus consejeros «incurre en inconstitucionalidad por vulneración del Estatuto de Autonomía y así podría ser declarado por el Tribunal Constitucional».

El órgano que preside Juan Cano Bueso da por válidos los reparos que había planteado el Grupo Socialista en el Parlamento a la modificación de la Ley del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía que propuso el PP para introducir esta limitación. Los socialistas esgrimieron que ésta «va más allá de los previsto en el el Estatuto de Autonomía» aprobado en 2007.

El Consultivo asume, por tanto, la tesis del PSOE y alega que durante la tramitación de la propuesta de reforma del Estatuto «se rechazó expresamente la limitación de mandatos del presidente de la Junta».

Realizarla, mediante un cambio legal, «no es jurídicamente viable porque dicha limitación ha de estar forzosamente contemplada en el Estatuto», añade.

Para avalar su teoría, el órgano consultivo no se limita a analizar la regulación de este asunto por parte de otras comunidades autónomas sino que recoge la opinión de diversos expertos en la Comisión de Presidencia y Administración Local del Parlamento.

El Consultivo avala su teoría de inconstitucionalidad con leyes de EE.UU.

El mapa de España se le queda pequeño al Consultivo en su amplio trabajo de campo. En las 81 páginas del dictamen, se hace un repaso por «la problemática generada en EE.UU. por el hecho de que determinadas limitaciones de mandatos fueron establecidas por los Estados sin previo fundamento constitucional». «Por falta de respaldo», los Estados de Idaho y Utah «han derogado su regulación» sobre la materia y en los casos de Massachussetts, Washington y Wyoming, los tribunales declararon tales leyes inconstitucionales, ilustra el Consultivo. Al igual que la ley de Oregón.

Argumentos en contra

La resolución no ha sido unánime. Contra el dictamen presentó un voto particular el consejero Francisco J. Gutiérrez Rodríguez, al que se adhirió José Antonio Sánchez Galiana, ambos expertos en Derecho Constitucional y Derecho Financiero nombrados a propuesta del Grupo Popular en la Cámara. A favor del dictamen se pronunciaron otros cuatro consejeros, entre los que se encuentran la exconsejera de Justicia Begoña Álvarez y el expresidente de la Junta, Rafael Escuredo.

En su voto particular, Francisco Gutiérrez mostró su «más absoluto desacuerdo tanto con el contenido del dictamen, con buena parte de sus razonamientos y afirmaciones, como con la conclusión a la que finalmente llega».

Desde el punto de vista formal, también puso serios reparos. Este consejero considera que el presidente de Consultivo no debería haber admitido a trámite la petición de dictamen que presentó el vicepresidente de la Junta, Manuel Jiménez Barrios. «El sujeto consultante» es en realidad «el Grupo Parlamentario Socialista, que no se encuentra legitimado» para formular tal solicitud, advierte.

Este proceder puede constituir «un auténtico fraude de ley», señala. «Que el Parlamento andaluz decidiera no incorporar la citada limitación del mandato a su propuesta de reforma del Estatuto es una cosa y que “el poder estatuyente” la prohibiera -como pretende hacer ver el dictamen- es otra bien distinta», expone, entrando en el fondo del asunto. A su juicio, «no existe impedimento constitucional [...] para que el legislador pueda regular para el ámbito autonómico» esta restricción.

Gutiérrez ironiza sobre la «abrumadora crónica histórica -que no análisis de derecho comparado-» con la que, en su opinión, los otros miembros del Consejo han tratado de cubrir «la parquedad de la fundamentación jurídica». «Crónica histórica en la que, por cierto -tómese esto como una mera anécdota-, se echa en falta, por ejemplo, la cita del artículo 71 de la Constitución argentina de 24 de diciembre de 1826, que disponía que "El Presidente durará en su cargo por el término de cinco años, y no podrá ser reelecto a continuación"», detalla.

Tras conocer el dictamen, la portavoz del Grupo Popular, Carmen Crespo, afirmó que «a Susana Díaz le ha entrado el miedo a limitar los mandatos tras perder las primarias» y ahora «busca coartadas y refugio en el Consejo Consultivo» para decir que no.

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