CASO ERE ANDALUCÍA

El Constitucional frustra el último recurso de la Junta para perseguir los delitos de corrupción en los ERE

El Tribunal ni siquiera entra a valorar el escrito que presentó para reclamar el dinero a ex altos cargos en las piezas de las ayudas

Juicio de la pieza política del caso ERE en la Audiencia de Sevilla POOL

ANTONIO R. VEGA

La Junta de Andalucía ha quemado el último cartucho del que disponía para perseguir los «delitos de corrupción» -como llegaron a calificarlos los letrados autonómicos- derivados del reparto de ayudas a discreción con cargo a la partida de los ERE.

El Tribunal Constitucional (TC) ha inadmitido el recurso de amparo que la Administración autonómica había presentado a mediados de noviembre en el que denunciaba que se había vulnerado su derecho a la tutela judicial efectiva como acusación particular en esta macrocausa penal.

El TC ni siquiera entra a analizar a fondo lo que plantea la Junta por no apreciar en el recurso «la especial trascendencia constitucional que, como condición para su admisión, requiere el artículo 50.1.b de al Ley Orgánica del Tribunal Constitucional», según la providencia del pasado 26 de febrero adelantada por El Independiente y confirmada por fuentes del TC a ABC.

Contra esta decisión cabía elevar un recurso de súplica por parte del Ministerio Fiscal, per o no consta que lo haya presentado , según informan las mismas fuentes.

La Junta de Andalucía solicitó que se anulase la decisión de la Sección Séptima de la Audiencia de Sevilla de juzgar a los 22 ex altos cargos acusados una sola vez , en el juicio que se está celebrando. Como consecuencia de ello la juez instructora del caso, María Núñez, los está desimputando en algunas de las 270 piezas separadas del caso ERE, abiertas o pendientes de abrirse, por cada una de las ayudas en las que participaron.

Esta decisión ha dejado «fuera de juego» a la Junta, la principal perjudicada por el desvío de fondos públicos , toda vez que no podrá perseguir el delito de malversación derivado de cada ayuda irregular concedida.

El problema radica en que la Junta rehusó acusar a los 22 ex altos cargos porque no apreció delito alguno en su actuación por el procedimiento de financiación y reparto del dinero y, en consecuencia, pidió el archivo de la causa . Lo hizo con la confianza de que sí podía pedir la restitución del dinero supuestamente defraudado en las otras investigaciones abiertas tras la división del caso ERE en piezas.

La Audiencia de Sevilla sepultó esta posibilidad amparándose en el principio de «non bis in idem», según el cual nadie puede ser juzgado y castigado dos veces por un mismo delito . Digamos que la malversación del sistema englobaría las pequeñas malversaciones que se produjeran por las ayudas concretas. Ésta es la teoría.

Contra esta decisión se ha rebelado también la Fiscalía Anticorrupción, que ha iniciado una ofensiva de recursos contra los autos de exclusiones dictados por Núñez.

Impunidad

En el escrito presentado ante el Constitucional, los letrados reconocen incluso que algunos delitos van a quedar impunes. Entre los motivos que esgrimen para justificar que se vulneró su derecho constitucional a una tutela judicial , está que el auto se dictó «en período vacacional», a pesar de que el mes de agosto se estableció como hábil para agilizar esta macrocausa.

«Se veda así el acceso de la Junta a la acción penal para perseguir tales hechos y, como consecuencia, quedan los mismos impunes a pesar de que, indiciariamente, habrían provocado un enorme quebranto a la Hacienda Pública, vulnerando el derecho a la tutela judicial efectiva de la Junta», afirma el recurso.

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