El juez Pedro Izquierdo, presidente de la sección primera de la Audiencia de Sevilla
El juez Pedro Izquierdo, presidente de la sección primera de la Audiencia de Sevilla - EFE/JULIO MUÑOZ
TRIBUNALES

¿Cómo afecta la recusación del ponente del caso ERE al juicio de Chaves y Griñán?

La Audiencia debe nombrar a un instructor para investigar los motivos de abstención que plantean el PP y Manos Limpias

SEVILLA Actualizado: Guardar
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Un juez no sólo debe ser imparcial sino parecerlo. Para el Partido Popular, Pedro Izquierdo Martín, el ponente del tribunal que va a juzgar a dos expresidentes que han gobernado la Junta de Andalucía durante 23 años, ha perdido, por su condición de ex alto cargo, la apariencia de imparcialidad exigida para el «enjuiciamiento de un proceso penal por delitos de corrupción pública dirigido contra personas relevantes de la política».

Sobre esta base argumental y sobre la relación de dependencia del juez con respecto a varios procesados se asienta el escrito de recusación que el PP andaluz, acusación popular en el caso ERE, presentó el pasado martes ante la Audiencia Provincial de Sevilla para apartar de la causa a quien fuera secretario general para la Justicia de la Junta de Andalucía entre 2008 y 2014.

Esta recusación se añade al que ya presentó el sindicato Manos Limpias a principios de este mes. ¿Qué sucede a partir de ahora con la causa más mediática contra la corrupción en Andalucía? ABC analiza los siguientes pasos:

¿Qué motivos alegan para recusar a Izquierdo?

La acusación popular que ejerce el PP esgrime dos motivos de recusación. Por un lado, argumenta que ha perdido la apariencia de imparcialidad amparándose en el artículo 219.10, que estipula el interés directo o indirecto del juez en la causa. Recuerda que Pedro Izquierdo ha formado parte del Gobierno andaluz. Por otro, apela al artículo 219.12 que establece que deben inhibirse los jueces que hayan sido subordinados de los procesados.

En lo que respecta a Manos Limpias, su abogado, Rafael Prieto, alega que, aunque no duda de la «profesionalidad, integridad y objetividad» del magistrado, hay dos causas de abstención o recusación en el caso de Pedro Izquierdo: el «interés directo» en el pleito y la «amistad manifiesta» con los ex altos cargos.

¿Quién va a investigar las recusaciones?

La Ley Orgánica del Poder Judicial determina que debe designarse a un magistrado de la Audiencia, por orden de antigüedad, para investigar las recusaciones. El instructor no puede pertenecer a la misma Sección (la Primera) a la que pertenece Pedro Izquierdo.

¿Cómo afectan este incidente a la causa?

La tramitación del pleito queda suspendida hasta que la Audiencia decida si aparta o no al magistrado recusado. Fuentes del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía indicaron a ABC que esperan que ambos incidentes sean resueltos con «cierta celeridad».

¿Cómo se decide?

La recusación debe resolverla la Sección de la Audiencia siguiente en orden numérico a aquella de la que forma parte el recusado. Atendiendo a la citada norma del Poder Judicial, correspondería decidir a la Sección Segunda, que dirige el presidente de la Audiencia de Sevilla, Damián Álvarez.

¿Qué pasa con el resto de las partes de la causa?

Las partes del proceso —las defensas y las acusaciones (Fiscalía y la Junta de Andalucía)— tienen tres días para manifestar si se oponen o se adhieren a la recusación o si añaden algún motivo más. Al día siguiente, Pedro Izquierdo debe presentar un informe donde exponga si acepta o no las causas alegadas para apartarlo del tribunal.

¿Hay consecuencias para los recusadores?

Sí se desestima, la Audiencia puede condenar en las costas al recusante (PP y/o Manos Limpias). Además les puede imponer una multa que oscila entre los 180 y 6.000 euros «cuando la resolución que decida el incidente declare expresamente la existencia de mala fe en el recusante»

¿Cabe recurso?

Contra el auto que se dicte no cabe recurso alguno. Si se estima el incidente, el recusado quedará apartado definitivamente y se nombra a un sustituto.

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