CASO TRANSFERENCIAS DE FINANCIACIÓN

La Audiencia enmienda a Núñez y deja vía libre al PP para recusarla por tener una cuñada en IDEA

Tumba la fianza de 30.000 euros impuesta por la juez a este partido para poder personarse en la causa porque «carece de justificación»

A. R. V./M. R. F.

La Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Sevilla ha dado vía libre al PP para solicitar de nuevo la recusación contra la juez María Núñez Bolaños al eliminar la fianza que le exigió la instructora para personarse en el caso de las supuestas irregularidades en las transferencias de financiación de distintas consejerías a la agencia IDEA, organismo de la Junta de Andalucía desde que se libraba el dinero para pagar los ERE.

Un contundente auto dictado el pasado día 7, al que ha tenido acceso ABC, revoca la decisión de la titular del juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla de imponer una fianza de 30.000 euros al PP andaluz para poder ejercer la acusación popular en la causa, una cuantía que la Fiscalía Anticorrupción también consideró «excesiva». El tribunal cree que la postura de Núñez Bolaños «carece de justificación» y la fianza es «muy superior» a la que fija el Tribunal Supremo para causas similares . Como consecuencia, la Audiencia resuelve que el PP pueda personarse «sin necesidad de que preste fianza» para ejercer la acción popular.

Esta decisión colocaría de nuevo en una situación comprometida a la magistrada, que se opuso a tramitar una recusación que presentó contra ella el PP con el argumento de que no había pagado la fianza que le impuso, que en ese momento estaba recurrida, y que, por lo tanto, «carece de facultades para interponer este incidente al no ser parte en el procedimiento».

Esta decisión permite reactivar la recusación de la instructora de las transferencias de financiación

En el escrito presentado el pasado octubre, el PP solicitaba que Núñez se apartara de este caso porque su cuñada trabaja como técnica en el Área de Control y Seguimiento de la Dirección de Finanzas de la agencia IDEA , por lo que, a juicio de los populares, pudiera tener «intereses directos o indirectos» además de falta de imparcialidad en caso de tener que citar a su cuñada como investigada o acceso «extrajudicial» a datos sobre la causa.

El PP señalaba que una de las encargadas de vigilar el uso de los fondos públicos que maneja la agencia de la Junta, «incluidas las transferencias de financiación provenientes de las consejerías de Empleo e Innovación, María Guija Villa, es la cuñada de la juez María Núñez Bolaños, que es quien investiga el uso inadecuado de las transferencias de financiación de la Agencia IDEA».

La Audiencia propina un nuevo revés a la juez por la falta de motivación de su fianza. No es la primera vez que le hace este reproche . El pasado verano, estimó el recurso del PP y obligó a la juez instructora a dictar una nueva resolución donde «justifique la razón de la imposición en esta causa de una fianza que no ha venido exigiendo en otros supuestos».

Con argumentos similares a los utilizados entonces, el PP vuelve a sostener que el nuevo auto dictado por Núñez el 2 de octubre —por el que insistía en reclamarle una fianza de 30.000 euros en metálico — supone «una infracción del artículo 9.3 de la Constitución por infringir el principio de seguridad jurídica». Añadían los letrados del PP que con la llegada de Núñez al juzgado, en sustitución de Mercedes Alaya, se había producido un «cambio de criterio» en cuanto a la exigencia de fianza.

La magistrada esgrimió que el cambio de criterio al que aludía el PP es «inexistente» porque en los nuevos procedimientos abiertos como consecuencia de la división de casos como el de Formación, «el criterio de la no exigencia de fianza ha sido respetado ». La Audiencia replica a la juez que «los argumentos relativos a la justificación de ese cambio de criterio que se dice inexistente no son satisfactorios, y se pasa por alto que cuando nos referimos al cambio de criterio, aludimos al criterio del órgano judicial, que no a quien en cada momento ostente su titularidad».

«La decisión de imposición de una fianza como presupuesto para el ejercicio de la acción popular no tiene que suponer de forma necesaria una vulneración del derecho al acceso a la jurisdicción, pero lo cierto es que carece de justificación en el caso de autos », expone la Audiencia.

En su recurso, el PP advertía de que «la elevada cuantía impuesta» no está justificada y no descarta « la existencia de prejuicios sobre su intervención » en la investigación de las transferencias de financiación recibidas por la agencia IDEA procedentes a través de programas presupuestarios distintos al 31L, que financiaba los ERE.

La Fiscalía también se mostró favorable a reducir la finanza «hasta un importe que no impida u obstaculice gravemente el ejercicio de la acción popular».

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