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La Audiencia confirma de forma definitiva el archivo del caso ERE contra nueve exaltos cargos de la Junta

La Audiencia Provincial de Sevilla se ha pronunciado así sobre el recurso de Manos Limpias sobre el asunto

SEVILLA Actualizado: Guardar
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La Audiencia Provincial de Sevilla ha confirmado de forma definitiva el archivo de la causa contra nueve exaltos cargos de la Junta de Andalucía dentro de la pieza separada del procedimiento específico por el que se concedieron las ayudas investigadas en el caso de los expedientes de regulación de empleo (ERE) fraudulentos.

En nueve autos distintos fechados el día 17 de marzo, a los que ha tenido acceso Europa Press, la Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Sevilla rechaza así el recurso interpuesto por el sindicato Manos Limpias contra la resolución en la que el juez Álvaro Martín archivó la causa contra estos nueve exaltos cargos.

La Audiencia Provincial de Sevilla se ha pronunciado así sobre el recurso de Manos Limpias después de anular la fianza de 42.000 euros que el juez impuso al sindicato para la tramitación del recurso en el que le pedía que volviera a imputar a 15 de los 24 exaltos cargos de la Junta a los que exculpó en el auto donde procesó a otros 26, entre ellos los expresidentes Manuel Chaves y José Antonio Griñán.

De este modo, el tribunal confirma el archivo de la causa contra Isabel de Haro, que fue secretaria general de Desarrollo Industrial y Energético y miembro del Consejo Rector de IDEA; el que fuera técnico de la Dirección de Trabajo y director de Administración y Finanzas de IDEA Antonio Diz-Lois, y el exdirector general de Presupuestos Buenaventura Aguilera.

También ratifica el archivo respecto a las exsecretarias generales de Telecomunicaciones y miembros del Consejo Rector de IDEA Pilar Rodríguez y Ana María Peña Solís; el exdirector general de Desarrollo Tecnológico e Incentivos Manuel López Casero; el exdirector de Industria Jesús Nieto; el exsecretario general de Innovación Ángel Garijo, y el exdirector de Administración y Finanzas del antiguo IFA Pablo Millán.

En todos los casos, la Audiencia señala que «desde la perspectiva de que en la presente causa, desgajada de la matriz, se dilucida la posible responsabilidad de cargos públicos que hayan podido intervenir en el denominado 'procedimiento específico', no se puede predicar que concurran indicios sólidos para entender que cada uno de estos exaltos cargos hubiera podido participar en la creación y mantenimiento» de dicho procedimiento.-

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