Imagen de la cámara de seguridad de uno de los robos del «Niño Sáez»
Imagen de la cámara de seguridad de uno de los robos del «Niño Sáez» - ABC
TRIBUNALES

Absuelven a la banda del «Niño Sáez» por el mayor robo de cocaína de España

Los magistrados consideran que los hechos acontecidos en 2011 en Málaga no quedan acreditados y sólo condena a «El libanés» por usar documentación falsa

MÁLAGA Actualizado: Guardar
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El «Niño Sáez» sigue dando titulares después de muerto. El Juzgado de Instrucción Número 12 de la Sección Novena de la Audiencia Provincial de Málaga absolvió a su banda el pasado 10 de junio por el robo de más de 120 kilos de droga en el depósito judicial de Málaga. El golpe se catalogó como «el mayor robo de cocaína del país» y se sumaba a la larga lista de fechorías atribuidas a este grupo, que cuenta con un historial de más cien detenciones. En el auto judicial se reseña el fallecimiento del butronero y alunicero más importante de España. Francisco Javier Martín Sáez, conocido como el «Niño Sáez», fue asesinado el pasado 14 de mayo en el distrito de Latina en Madrid.

Fue abatido al recibir, al menos tres disparos, en el cuello y el tórax. Acabó la leyenda de uno de los delincuentes más buscados del país, cuya pandilla sigue respondiendo ante los tribunales por sus actos al margen de la ley. Pese a que en los delitos atribuidos en Málaga acaban de salir absueltos.

Se consideran hechos probados por el tribunal que en la madrugada del día 13 de noviembre de 2011 «personas desconocidas», tras inutilizar la alarma y cámaras exteriores del edificio de Sanidad Exterior del Puerto de Málaga –el depósito de la droga incautada en la provincia– penetraron en el mismo fracturando la cerradura de la entrada, extrayendo el bombín y quebrando los candados que bloqueaban los pestillos de cierre interiores.

Según el auto, una vez dentro los «desconocidos» anularon los sistemas de alarma interiores y accedieron a la cámara acorazada, realizando en la primera de las puertas dos orificios en la parte superior e inferior de la manivela de apertura. Consiguieron acceder al sistema de cierre, abriendo la cámara y penetrando en la misma. Tras forzar la cerradura común en una segunda puerta de rejas, cogieron la droga que allí se almacenaba.

La Sala absuelve a los encausados porque «no ha quedado acreditado» que estos hechos fueran realizados por la banda del «Niño Sáez», detenidos por la presunta comisión de este robo en abril de 2013. En aquella operación cayó junto al fallecido, Ismael Arriero, lugarteniente del «Niño Sáez» y apodado «El troll». También fueron detenidos, en una operación en Málaga y Madrid, Jean Joseph Younes «El libanés», Fernando Miguel B. P. y Luis C. G. por ser, presuntamente la persona había suministrado los vehículos para cometer el robo. Una participación en los hechos que la justicia malagueña tampoco ve «acreditada».

El auto relata como «personas desconocidas, de manera que no consta», cogieron sobre las 4.00 horas del 12 de noviembre la furgoneta Iveco con matrícula 8126 HBH que se encontraba estacionada en el interior de la nave industrial 9 de la calle Caleta de Vélez del polígono industrial Santa Teresa de Málaga. Se reseña como el propietario cobró la prima del seguro de 18.200 euros tras los hechos.

El auto apunta que, antes de que se produjera el robo, el 12 de abril de 2011, el «Niño Sáez» y «El libanés» fueron interceptados por agentes de la Policía Nacional en Puerto Banús (Marbella). Los agentes les solicitaron su identificación y presentaron documentación falsa. Francisco Javier Martín Sáez mostró un carné de conducir original a nombre de José María Barbancho Sánchez y Jean Joseph Younes un DNI original a nombre de Sergio Ramos Hernández. El juzgado reseña que «no consta cómo llegaron a su poder».

Al no tener pruebas que relacionen a los detenidos con los hechos, el Juzgado de Instrucción Número 12 de la Sección Novena de Audiencia de Málaga absuelve a toda la banda de los delitos de robo con fuerza, tráfico de estupefacientes y pertenencia a organización criminal. También declara «extinguida por fallecimiento» la causa contra el «Niño Sáez» y declara de oficio el pago del 95 por ciento de las costas del proceso.

Sólo se condena a Jean Joseph Younes «El libanés» como autor de un delito de «utilización de documento falso» a la pena de nueve meses de prisión con las accesorias de inhabilitación para el derecho de sufragio pasivo y se le imponen cinco meses de multa a razón de 10 euros diarios con arresto sustitutorio de un día por cada dos cuotas impagadas, además debe pagar un 5 por ciento de las costas causadas por el procedimiento.

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