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Colas para inscribirse a la bolsa de empleo de Sadeco - VALERIO MERINO
MUNICIPAL

El juez paraliza todos los contratos temporales del Ayuntamiento de Córdoba

Da la razón a la Abogacía del Estado sobre las «prioridades» y el Ayuntamiento se plantea recurrir

CÓRDOBA Actualizado: Guardar
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El juzgado de lo Contencioso Administrativo número tres de Córdoba ha ordenado al Ayuntamiento de la capital que paralice el procedimiento para realizar contratos temporales que permitan aliviar las vacantes o bajas temporales que se produzcan en la estructura municipal. La medida tiene efectos cautelares (provisionales hasta la llegada de una sentencia) y está relacionada con el recurso interpuesto por la Abogacía del Estado -que depende del Gobierno central- contra la declaración de servicios esenciales o prioritarios.

Para entender los efectos de esta medida, un dato: solamente los contratos temporales de la empresa municipal Sadeco suman unos 400 para la anualidad de 2016 con el objetivo de establecer refuerzos puntuales en las actividades de limpieza viaria.

El gobierno municipal sabe desde primera hora que esto podía pasar.

En la misma Junta de Gobierno Local, la letrada de apoyo a este órgano municipal realizó una advertencia expresa que consta en el acta de la reunión. La funcionaria explicó a los concejales el sentido de la palabra «esencial» y «prioritario». Es decir, lo verdaderamente relevante.

En un momento en el que aún existen prohibiciones a la contratación para evitar el incremento del gasto público, la propuesta que establecieron el PSOE e Izquierda Unida calificaba 12 servicios como esenciales y otros 35 como prioritarios. Es decir, todo el Ayuntamiento.

Sólo en Sadeco hay unos 400 contratos para refuerzos puntuales en 2016

La declaración era necesaria por la aplicación de los Presupuestos Generales del Estado de este año. El documento, que es una ley, permite a los ayuntamientos realizar contratos temporales (cosa que estuvo vedada durante la crisis) siempre que fuese en aquellas actividades realmente relevantes. El Consistorio decidió no realizar un escrutinio sino trasladar toda la actividad municipal al acuerdo. Todo era importante. La Abogacía del Estado decidió aplicar un criterio que le está enfrentando a muchas instituciones municipales: obligar a que los gobiernos locales limiten lo más posible las actividades sobre las que se abre la mano.

Por su parte, el Ayuntamiento de Córdoba estudiará las posiblidades de recurrir la decisión judicial según ha afirmado la alcaldesa, Isabel Ambrosio, que asegura que el Ayuntamiento «dará la batalla en los juzgados» pero pone en el acento en que se trata de un asunto esencialmente político.

El Ayuntamiento estudiará las posibilidades de recurrir esta decisión judicial

La regidora considera este movimiento un nuevo «obstáculo» por parte del Gobierno de España y el PP a «la autonomía y la responsabilidad» de los ayuntamientos, que deberían poder «dotarse de personal para prestar adecuadamente los servicios a la ciudadanía». Este «atentado grave» a la libertad de administraciones locales es además «incomprensible» cuando se trata de un Ayuntamiento que cuenta con presupuesto y no tiene falta de liquidez, por lo que tiene capacidad para «dotarse de una mayor plantilla en cualquier servicio donde haya un déficit de personal».

Una solución salomónica

El Ayuntamiento de Córdoba decidió considerarlo todo como esencial y prioritario por una razón puramente política. El gobierno está formado por áreas del PSOE y de Izquierda Unida. Y los partidos no se ponían de acuerdo en qué era importante y qué no. La salida fue salomónica.

Introdujo como elementos muy relevantes a los bomberos o Infraestructuras. También departamentos de menor relevancia para la vida de la ciudad como Festejos o Juventud. Como el Archivo Municipal o el departamento de Mercados. Tanto es así que la Subdelegación entendió que en un contexto de restricciones presupuestarias -de control de déficit- hay que primar aquellas cuestiones que tengan que ver con los derechos y libertades ciudadanas.

El auto de medidas cautelares es bastante sencillo. La Abogacía del Estado explicó que, en tanto se discute la capacidad de realizar contratos temporales, el equipo de gobierno se tiene que abstener de realizarlos para no desvirtuar el contenido del pleito. Las partes han presentado sus argumentos al juez que lleva el caso quien no tiene potestad en estos momentos para resolver sobre el fondo del asunto. Solo para establecer si, efectivamente, realizar este tipo de vinculaciones laborales supondría un problema para la naturaleza del contencioso judicial.

El Ayuntamiento introdujo como elementos relevantes todas las áreas municipales

Los servicios jurídicos municipales alegaron que el Consistorio ha realizado muy pocos contratos desde que aprobó la declaración y que se trata de una medida a la que le quedan dos meses de vida, que es el plazo de vigencia de la ley de Presupuestos Generales del Estado. Se trata de una verdad a medias porque el Gobierno central puede no contar con apoyos para una norma, lo que obligaría a prorrogar los vigentes con las mismas restricciones al gasto público. Los abogados municipales sí han advertido que el desarrollo de esta medida cautelar de prohibición de contratar puede generar problemas muy serios en el funcionamiento diario de los servicios básicos del Consistorio. La Abogacía del Estado defendió que el gasto a desarrollar sería ilegítimo.

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