Son 23 millones de asuntos

Hacienda controlará la facturación y tributos de los abogados y procuradores entre 2014 y 2016

El Colegio de Abogados de Córdoba advierte de que hay datos de particulares en los procedimientos

José Luis Garrido, decano del Colegio de Abogados de Córdoba ARCHIVO

P. García-Baquero

Hacienda ha puesto su mira en los abogados y procuradores. La idea de la Agencia Tributaria no es otra que la de comprobar que los letrados han satisfecho sus cuentas con el fisco pidiendo al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) un listado de en qué procedimientos ha participado cada uno de ellos entre los años 2014 y 2016 con el objetivo de cruzar los datos con la facturación realizada y los tributos satisfechos.

La medida no ha sentado nada bien al Consejo General de la Abogacía Española ni al Colegio de Abogados de Córdoba -con 1.650 letrados ejercientes-. El decano del colegio de Córdoba, José Luis Garrido , sostiene que «esa cesión de datos que pide Hacienda y que nosotros hemos recurrido en el Contencioso ante la Audiencia Nacional afecta a procedimientos en los que tienen que ver particulares junto a nuestros datos y eso atañe no sólo a letrados, sino a muchos ciudadanos». «No puede haber una solicitud de datos indiscriminada . En el seno de una inspección fiscal a una persona se le pueden ceder, pero no de forma generalizada», añadió. El Tribunal Superior de Justicia Catalán fue el primero en recibir esta petición de Hacienda, explicó Garrido.

Sospecha generalizada

El decano sostiene, como ha publicado en su revista colegial, «que la autorización del CGPJ para que los tribunales y juzgados faciliten a la Agencia Tributaria datos relativos a la actuación de cada abogado y procurador en los procedimientos judiciales de 2014, 2015 y 2016 «siembra de forma indiscriminada e injustificada la sospecha sobre la actuación de todos los abogados procesalistas y se basa en un concepto -la trascendencia tributaria- ambiguo y jurídicamente indeterminado ».

Para la Abogacía Española, la solicitud de datos es un requerimiento sumamente escueto, carente de motivación y falto de concreción, por más que se refiere a información desprovista de contenido tributario. Este mecanismo de recopilación generalizado de carácter masivo, sin la adecuada justificación y por ello «sin amparo en el marco normativo, se hace sobre 23 millones de asuntos ».

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