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La empresa del Centro de Convenciones de Córdoba perderá el contrato si va a concurso

La ley obliga a que las compañías insolventes no tengan adjudicaciones en vigor

CÓRDOBA Actualizado: Guardar
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La empresa adjudicataria del Centro de Ferias y Convenciones de Córdoba perderá el contrato que le liga al Ayuntamiento de Córdoba en el caso de que no sea capaz de levantar la situación de preconcurso de acreedores y tenga que acudir a la figura del concurso, controlado judicialmente. La cuestión no está ya en manos, pues, ni del Ayuntamiento de Córdoba ni de la compañía con sede de en Granada. La relación entre ruptura de contrato y entrada en concurso de acreedores está fijada en la legislación sobre contratos de la administración pública en los artículos 206 y 207.

Hasta la última reforma de la legislación, el Estado siempre fue menos exigente con las empresas que entraban en situación de suspensión de pagos.

Se consideraba que algunas compañías podían continuar con la actividad siempre que prestaran una garantía suficiente. El cambio deja las cosas en fase automática. Si UCOP no supera el preconcurso de acreedores, la Junta de Gobierno Local -que es el órgano contratante- tendrá manos libres para declarar el contrato incumplido. Lo haga o no, el contrato se considerará roto en el momento en que el concurso entrase en fase de liquidación. Una empresa en concurso tiene otras limitaciones como no poder optar a nuevas adjudicaciones.

Los proveedores de UCOP aseguran no tener noticia alguna de la compañía desde que se produjo el primer encuentro donde se les informó de las condiciones de la compañía. Aquel encuentro se llevó a cabo con abogados que representaban a la empresa y se celebró en medio de un ambiente de alta tensión. Como informó este periódico, se les propuso una quita mínima del cincuenta por ciento de las cantidades pendientes y abonar el restante en un plazo de unos cinco años.

El preconcurso fue comunicado a principios de enero y la sociedad tiene tres meses para llegar a un convenio con las entidades a las que adeude dinero. De no llegarse a esta solución a principios de abril, cuenta con otro mes para comunicar formalmente el concurso al juzgado de lo Mercantil competente, ubicado en Granada.

La ley explica que, llegados a este punto crítico, el Consistorio tiene que decidir si devuelve la garantía que puso la empresa para efectuar la obra. Las instituciones pueden retener esas cantidades si entienden que se ha producido un incumplimiento culpable. Es decir, que los retrasos generados han sido culpa de la empresa y no de la Administración contratante. La compañía ha intentado con sus informes remarcar las contradicciones y los problemas hallados durante la obra. La dirección del proyecto ha rechazado todos y cada una de las denuncias de defectos en el diseño recalcando los problemas de ejecución planteados casi desde el primer minuto.

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