Prisión de Alcolea
Prisión de Alcolea - V. M.
LUCENA

Condenado a 14 años de cárcel por violar a la niña de 12 años a la que cuidaba

Le llegó a atar las manos con un cable fino y la boca con cinta aislante para que no gritara

CÓRDOBA Actualizado: Guardar
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La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Córdoba ha condenado a A.O.P.N. a 14 años de prisión por un delito continuado de agresión sexual a una niña de 12 años a la que cuidaba mientras su madre trabajaba.

Según consta en la sentencia como hechos probados, facilitada por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), desde mediados del año 2011, en Lucena, el acusado A.O.P.N., con el propósito de satisfacer sus deseos sexuales, aprovechando que en ocasiones se quedaba al cuidado de la menor, que tenía la edad de 12 años, mientras sus padres trabajaban, la besaba en los labios mientras la agarraba fuertemente de los brazos, a la vez que le decía: «como le digas algo a alguien voy a decir cosas de ti», repitiéndose esta situación en distintos días en los que los padres de la mejor dejaban a ésta a cargo del acusado.

Esta situación se agravó en el mes de octubre de 2011, cuando el acusado, aprovechando idéntica ocasión, se encerró con la menor en la habitación de matrimonio, y tras inmovilizarla utilizando una cuerda fina con la que le ató las manos, tapándole también la boca con una cinta aislante para que no gritase, tras quitarle la ropa de la parte inferior, la violó al tiempo que la amenazaba e intimidaba para que no contara nada a sus padres. Hasta en cuatro ocasiones la menor fue violada por el acusado en idénticas circunstancias a las anteriormente descritas, si bien en las dos últimas no utilizó la cuerda ni la cinta aislante, aunque sí la intimidaba para que no contara nada de lo sucedido, situación que se prolongó hasta finales de noviembre o primeros de diciembre de 2011.

A consecuencia de tales hechos, la menor sufrió lesiones psíquicas que precisaron de 302 días de curación/estabilización, durante los que 30 de ellos estuvo impedida para el ejercicio de sus ocupaciones habituales, quedándole como secuela un trastorno depresivo reactivo valorado en 5 puntos.

El tribunal condena además al acusado a indemnizar a la menor a la que agredió en la cantidad de 30.000 euros por el daño moral causado, y en 3.000 euros por las secuelas existentes.

Asimismo, se impone al condenado la prohibición de aproximarse a menos de 200 metros de la persona o el domicilio o lugar de trabajo o de estudio de la víctima, ni de comunicar con la misma por cualquier medio, durante 15 años.

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